




En los autos "C.B.A.M. c/ Instituto Argentino de Diagnóstico y Tratamiento S.A s/ Despido", La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo revocó la sentencia de grado y consideró injustificado el despido de una médica que tuvo un "exceso verbal" con un paciente.
Los miembros del Tribunal sostuvieron que, si bien "pudo haber habido un exceso verbal de la doctora", dicho episodio "no posee los alcances" que le asignó la institución, por lo que no puede justificar el despido de la empleada.
Si bien para los jueces la mujer no obró con la diligencia que representa a un buen trabajador, "lo cierto es que la decisión rupturista no respeta el principio de proporcionalidad ni gradualidad exigibles para la debida utilización de las facultades disciplinarias y, en especial, frente a la ausencia de otros antecedentes disciplinarios".
Cuando ocurrió el hecho la médica presentó una carta de disculpas pero el centro médico decidió no aplicar ninguna sanción, por lo que ahora no resulta admisible como prueba de antecedente.
Finalmente, los magistrados consideraron que el despido de la empleada es injustificado y condenaron al Instituto de Diagnóstico a abonar las indemnizaciones correspondientes.
Con información de www.diariojudicial.com



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