Histórico decomiso por $685 mil millones: el Tribunal Oral Federal 2 avanza sobre bienes de Báez, Cristina Kirchner y sus allegados

JUDICIALES Agencia de Noticias del Interior
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  • El TOF 2 ordenó un decomiso histórico por casi $685 mil millones en la causa por fraude al Estado.
  • Los bienes alcanzan a Báez, Cristina Kirchner, sus hijos y exfuncionarios vinculados.
  • El monto original fue actualizado por peritos de la Fiscalía y de la Corte Suprema.
  • Las defensas cuestionaron la medida, pero el tribunal la ratificó basándose en normativa nacional e internacional.
  • El decomiso incluye bienes transformados o en manos de terceros, salvo adquirentes de buena fe.
  • La Corte Suprema definirá el destino de los bienes, cuya finalidad es reparar el daño al Estado.

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal 2 de Buenos Aires ordenó ejecutar uno de los decomisos más grandes de la historia judicial argentina en el marco de la causa por administración fraudulenta contra el Estado. La resolución, firmada el 18 de noviembre de 2025, dispuso el secuestro y posterior realización de bienes inmuebles y activos financieros por un valor actualizado de $684.990.350.139,86, que alcanza a Lázaro Báez, Cristina Fernández de Kirchner, otros exfuncionarios y empresarios condenados, así como a Máximo y Florencia Kirchner en su carácter de titulares registrales de parte de los bienes involucrados.

La sentencia que dio origen al decomiso había quedado firme el 10 de junio de este año y establecía inicialmente un monto de $84.835 millones. Sin embargo, peritos oficiales, fiscales y el Cuerpo de Peritos Contadores de la Corte Suprema determinaron la actualización del valor conforme a criterios técnicos. Pese a la intimación del tribunal, los condenados no abonaron el monto fijado, razón por la cual se procedió a avanzar con la tasación y ejecución de los bienes.

El listado de activos incluye propiedades de empresas emblemáticas del entramado empresarial de Báez: Austral Construcciones, Kank y Costilla, Gotti Hnos. y Loscalzo y Del Curto. También figuran bienes cedidos a Máximo y Florencia Kirchner y activos asociados a exfuncionarios como Nelson Periotti, José López, Mauricio Collareda, Raúl Pavesi y Raúl Daruich. El tribunal subrayó que, si los bienes actualmente identificados no resultaran suficientes para cubrir el monto establecido, la ejecución podrá ampliarse a otros activos de los involucrados.

La resolución ordenó inscribir los bienes decomisados en la Base General de Datos de Bienes Secuestrados y/o Decomisados. Además, destacó que la Fiscalía había individualizado propiedades adquiridas entre mayo de 2003 y diciembre de 2015, período que el tribunal consideró clave para la maniobra delictiva mediante la adjudicación irregular de obra pública en Santa Cruz. Las defensas de Báez, Fernández de Kirchner y otros condenados objetaron el decomiso, cuestionando la existencia de un nexo causal entre los bienes y el delito, la inclusión de propiedades adquiridas antes del ejercicio de cargos públicos y la afectación de principios constitucionales. También reclamaron que algunos de los activos ya habían sido investigados en otras causas que concluyeron con sobreseimientos firmes.

Los jueces rechazaron esos planteos y ratificaron que la sentencia firme acreditó beneficios económicos directos e indirectos para Báez y la familia Kirchner producto del direccionamiento de contratos viales. Argumentaron que el decomiso abarca bienes que constituyen efectos, instrumentos o provecho del delito, incluso cuando se encuentren en manos de terceros, salvo que estos acrediten buena fe y contraprestación onerosa. También reconocieron que los bienes pueden haber sido transformados, sustituidos o mezclados con activos lícitos, pero sostuvieron que la normativa vigente —reforzada por tratados internacionales como la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción y la Convención Interamericana contra la Corrupción— obliga al Estado a recuperar activos vinculados temporal y económicamente con el delito fuente.

En cuanto al destino de los bienes una vez ejecutados, el tribunal comunicó la resolución a la Corte Suprema de Justicia, que deberá determinar el uso final conforme a reglamentos y prioridades vigentes. La finalidad declarada del decomiso es la reparación del daño ocasionado a la administración pública y, por extensión, a la sociedad en su conjunto, siguiendo los estándares internacionales de recuperación de activos en causas de corrupción.

La resolución también establece que la Fiscalía mantiene la facultad de identificar nuevos bienes susceptibles de decomiso mientras avance la ejecución de la sentencia. Cualquier activo adicional deberá cumplir con los parámetros fijados por el tribunal en cuanto a nexo temporal, económico y funcional con la maniobra fraudulenta investigada. El proceso de venta de los bienes se realizará conforme a los procedimientos legales previstos, bajo supervisión judicial, y se dará prioridad a aquellos activos que se encuentren en poder de los condenados o de las sociedades directamente implicadas.

A medida que se ponga en marcha la ejecución, el caso promete abrir un nuevo capítulo en la discusión sobre la recuperación de activos de la corrupción en Argentina, con implicancias políticas, patrimoniales y judiciales que se proyectarán más allá de las figuras condenadas.

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