Un borrador que redefine el mapa laboral: avances, tensiones y puntos clave de la reforma que impulsa el Gobierno

ECONOMÍA Agencia de Noticias del Interior
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  • El borrador propone una reforma integral de la LCT, con redefiniciones de alcance y nuevos regímenes para plataformas y profesiones sin matrícula obligatoria.
  • Se centraliza la registración laboral en ARCA, con presunciones a favor del trabajador ante falta de inscripción.
  • Se habilitan bancos de horas, mayor flexibilidad en jornada y nuevas reglas para vacaciones y descansos.
  • Se amplían beneficios sociales no remunerativos y se permiten pagos salariales dinámicos y temporales.
  • La indemnización por despido se redefine con topes, pisos y agravantes por discriminación, y se permite suplantarla por fondos de cese.
  • Se fijan mayores exigencias para servicios esenciales y se crea un régimen específico para repartidores mediante plataformas.

El proyecto de reforma laboral que el Gobierno busca instalar como uno de los ejes de su programa económico continúa generando roces, negociaciones y un fuerte contrapunto político. Mientras el sector empresario acompaña gran parte de las modificaciones, la CGT se mantiene firme en su rechazo y advierte sobre un retroceso en derechos adquiridos. En paralelo, el borrador al que accedieron distintos actores del Consejo de Mayo —el órgano tripartito creado para discutir estos cambios— comienza a delinear un rediseño integral de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT), los regímenes especiales y distintos procedimientos judiciales.

El documento sintetiza un conjunto amplio de modificaciones que, de prosperar, modificarían el funcionamiento cotidiano en empresas, sindicatos, profesionales y trabajadores. Entre los cambios más sensibles se encuentran nuevas pautas sobre registración laboral, organización de la jornada, vacaciones, indemnizaciones, beneficios sociales y procedimientos vinculados a licencias por enfermedad. También incorpora capítulos específicos para la economía de plataformas y para el ejercicio profesional sin necesidad de matriculación obligatoria, una novedad que ya despertó resistencia en varios colegios profesionales.

Uno de los núcleos centrales del proyecto es la redefinición del alcance de la LCT. El artículo 2 establece que la ley no se aplicará al empleo público, al trabajo agrario, al régimen de casas particulares ni a los trabajos de transporte, reparto y mensajería realizados mediante plataformas tecnológicas. Con ello, se busca fijar con mayor precisión qué vínculos dependerán de la normativa tradicional y cuáles serán regulados por regímenes propios. En paralelo, el borrador mantiene principios como la irrenunciabilidad o la aplicación de la norma más favorable, aunque en este último caso se limita su uso a situaciones de duda insuperable tras un análisis exhaustivo.

Otro componente estructural es la creación de un sistema de registración laboral unificado en manos de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA). Según el texto, toda relación de trabajo deberá inscribirse exclusivamente a través de ese organismo. La falta de constancia generará presunciones favorables al trabajador. Además, los certificados del artículo 80 pasarán a emitirse en una plataforma digital que acreditará el cumplimiento del empleador. La centralización se extenderá a pymes, trabajo a domicilio y tareas agrarias, implicando un rediseño transversal de los mecanismos de control.

El borrador también habilita nuevas flexibilidades en materia de jornada y descansos. El artículo 197 bis permite que los convenios colectivos establezcan bancos de horas y sistemas de compensación ajustados a los ciclos productivos. El cálculo de la jornada máxima podrá realizarse sobre promedios y contemplar compensaciones internas mientras se respeten los límites legales, manteniendo, no obstante, los descansos mínimos entre jornadas y el descanso semanal de 35 horas.

El capítulo sobre vacaciones introduce otra serie de ajustes: el período deberá otorgarse entre el 1° de octubre y el 30 de abril, podrá fraccionarse en lapsos no inferiores a siete días y deberá reprogramarse si se interrumpe por enfermedad. Asimismo, se establecen criterios detallados para el cálculo de la remuneración vacacional, contemplando salarios mensuales, sistemas variables, comisiones y trabajo a destajo.

En cuanto a remuneraciones, el texto amplía el listado de beneficios sociales no remunerativos, entre los que se incluyen prestaciones de salud, reintegros de guardería, suscripciones deportivas, ropa de trabajo, útiles escolares y herramientas tecnológicas. Ninguno de estos conceptos integrará la base para aportes ni contribuciones. También se habilitan pagos dinámicos y temporales que no generarán derecho adquirido, en línea con la idea de dotar de mayor flexibilidad a sectores con variaciones constantes en su nivel de actividad.

Respecto de las licencias por enfermedad, el borrador plantea que el trabajador cobrará una prestación no remunerativa del 80% del salario neto, ajustable según antigüedad y cargas de familia. Se refuerza la exigencia de certificados médicos digitales y se mantiene la facultad del empleador para realizar controles.

Otro eje clave es la extinción del contrato. La indemnización por despido se fija en un mes por año de servicio, con un tope de tres salarios promedio del convenio y un piso del 67% de la mejor remuneración. Se incorpora, además, la figura de despido discriminatorio con un agravamiento de entre el 50% y el 100%. Los convenios colectivos podrán reemplazar el esquema tradicional por fondos de cese laboral o seguros equivalentes.

El capítulo sobre servicios esenciales introduce modificaciones significativas: los sectores calificados como esenciales deberán asegurar un 75% de funcionamiento durante un conflicto y los considerados “trascendentales”, un 50%. El listado abarca salud, telecomunicaciones, energía, logística, transporte, bancos, puertos, aduanas, educación y comercio electrónico, entre otros. Una Comisión de Garantías revisará criterios, ampliará la clasificación cuando corresponda y evaluará situaciones de emergencia.

La reforma también propone que la matriculación profesional sea opcional. Para ejercer, bastará con estar registrado en el Registro Federal de Egreso (ReFE), administrado por el Ministerio de Capital Humano. La medida alcanza a médicos, fonoaudiólogos, geólogos, economistas, traductores y trabajadores sociales, generando inquietudes entre entidades que ven amenazada su capacidad de regulación.

Finalmente, el texto crea un régimen propio para repartidores que operan mediante plataformas. Se garantiza libertad de conexión, acceso a información previa de cada servicio, capacitación y provisión de elementos de seguridad. Los trabajadores deberán estar inscriptos fiscalmente y operar con CBU o CVU, mientras que la normativa define responsabilidades, alcances contractuales y obligaciones de protección de datos.

Mientras el Poder Ejecutivo busca acelerar su presentación formal, el borrador ya refleja una disputa abierta entre Gobierno y sindicatos, con el empresariado como actor clave y una discusión legislativa que promete tensiones en los próximos meses.

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