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El Gobierno quiere mantener Ganancias en el 30% en 2021

Pide suspender hasta el 31 de diciembre el cronograma de rebajas para empresas de la reforma fiscal de 2017.

ECONOMÍA 14/01/2021 Carlos Lamiral*
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El Gobierno presentó al Congreso un proyecto de ley para mantener por este año la alícuota del Impuesto a las Ganancias de las sociedades en el 30% y postergar así hasta 2022 el cronograma de reducción al 25% previsto en la Reforma Fiscal de 2017. La reducción estuvo suspendida durante todo el año pasado y en los papeles, desde el 1 de enero recuperó vigencia.

La iniciativa firmada por el presidente Alberto Fernández, el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero y el ministro de Economía, Martín Guzmán, ya se encuentra en la Cámara de Diputados para iniciar su trámite. Su aprobación no tiene urgencia, porque en el caso de las empresas que iniciaron su ejercicio desde el primer día hábil de este año, recién pagan el saldo anual en junio de 2022. No obstante, se pretende dar una señal de compromiso con las cuentas fiscales en momentos en que se negocia con el Fondo Monetario Internacional (FMI).

De acuerdo con la reforma de 2017, desde 2020 las empresas iban a poder beneficiarse de una alícuota del 25% del Impuesto a las Ganancias en la medida en que no distribuyeran utilidades entre sus socios. Este gravamen se completaba con un tributo cedular a los dividendos del 13% en cabeza de los dueños de la firma. De esa manera se procuraba alentar la reinversión.

Pero con la crisis económica mediante y la pandemia de coronavirus posterior, el Gobierno asumido en diciembre de 2019 tuvo que salir a tomar medidas de emergencia para asegurar la sostenibilidad fiscal del Estado. Es por eso que cuando se sancionó la Ley de Solidaridad y Reactivación Productiva se introdujo un artículo, el 48, que dispone la suspensión del cronograma por un año.

Lo más destacado de la presentación a la Cámara de Diputados es que en ella el Gobierno afirma que en la Argentina rebajar impuestos para alentar a las empresas a invertir no tiene eficacia, y es más, asegura que es perjudicial para el equilibrio macroeconómico, en lo que es una mirada tal vez atribuible al ministro de Economía. El proyecto menciona que diversos estudios han demostrado que “la inversión en la República Argentina no es particularmente sensible a esta variable y está determinada fundamentalmente por la demanda agregada y el crecimiento económico”. Asegura que la rebaja ya practicada por el anterior gobierno en 2018 y 2019 “provocó pérdida de recursos tributarios generando en perspectiva un sendero de no sustentabilidad fiscal, con nulos efectos sobre la inversión”. “En la propuesta que se efectúa en este caso, se suspenden las bajas allí establecidas y se mantienen las mismas alícuotas que estuvieron vigentes durante los períodos fiscales 2018, 2019 y 2020”, justifica el Gobierno. La iniciativa del Poder Ejecutivo afirma que “un problema constante del país ha sido la falta de sostenibilidad de las finanzas públicas, lo que inevitablemente ha desembocado en aumentos de la deuda pública y en crisis recurrentes”.

Para el tributarista Mario Volman “es un hecho que la reforma se va a aprobar, la mayor o menor rapidez no hace a la cosa”.

Los profesionales consultados sostienen que la suspensión de la rebaja al 25% incluye a los ejercicios que se inician en 1 de enero de 2021 y por lo tanto el ejercicio que cierra el 31 de diciembre próximo estará alcanzado por la alícuota del 30%. En rigor, plantearon que la iniciativa es un cambio de proyecciones a mediano plazo que pudo haber tenido un inversor en la Argentina.

La lectura que se utiliza es que un cambio en la legislación actúa como una llamada de atención respecto de la credibilidad de la legislación.

En esta línea también advierten que cuando una empresa decide invertir en un país mira tanto la alícuota del Impuesto a las Ganancias como la seguridad jurídica.

Esto es así porque cuando se sancionó la reforma del 2017 se pensaba en igualar la competitividad con países de la región (en Uruguay y Chile las alícuotas son del 25%).

 

 

* Para www.ambito.com

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