
¡Lo confirmó el Gobierno! En medio de la cuarentena, un alivio en los servicios: ¿a quiénes beneficia?
La medida afecta a las prestaciones de energía, agua, gas por redes, telefonía, Internet y televisión por cable.
ECONOMÍA Heretz Nivel

El Gobierno anunció que resolvió extender la vigencia de la prohibición de suspensiones de servicios por falta de pago, en relación a la prestación de energía eléctrica, agua corriente, gas por redes, telefonía fija y móvil e Internet y televisión por cable. En este caso la normativa se implementará para un segmento de los usuarios, en referencia a pymes de sectores alimentarios y a residenciales monotrinutistas inscriptos en categorías bajas.
El Ministerio de Desarrollo Productivo confirmó que ,de esta manera, los servicios de energía eléctrica, agua corriente, gas por redes, telefonía fija y móvil e Internet y televisión por cable no podrán ser suspendidos por falta de pago. Dicho parámetro se fijó en hasta seis facturas consecutivas o alternas, con vencimientos desde el 1 de marzo de 2020.
La nueva disposición abarca tanto a las MiPyMES, Cooperativas de Trabajo o Empresas Recuperadas inscriptas en el Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social y a las Entidades de Bien Público que contribuyan a la elaboración y distribución de alimentos en el marco de la emergencia alimentaria. Además, incluye a aquellos usuarios que son monotributistas inscriptos en una categoría cuyo ingreso anual mensualizado no supere en dos veces el Salario Mínimo Vital y Móvil.
En este sentido, la resolución beneficiará a los usuarios particulares que registren una disminución del 50% en su capacidad de pago; los monotributistas categorías C y D que acrediten una disminución del 50% o más en su facturación mensual y las asociaciones civiles constituidas como clubes de barrio, centro de jubilados, sociedades de fomento y centros culturales.
En concreto, la medida comprende a:
-Los usuarios particulares que registren una disminución del 50% en su capacidad de pago.
-Los monotributistas categorías C y D que acrediten una disminución del 50% o más en su facturación mensual.
-Las asociaciones civiles constituidas como clubes de barrio, centro de jubilados, sociedades de fomento y centros culturales.
La acreditación deberá efectuarse por correo electrónico o WhatsApp, a través del canal o medio de comunicación puesto a disposición por el Ente Regulador correspondiente o el ENACOM.
Con información de www.elintransigente.com








Leve repunte de la inflación en septiembre: el Indec informó un 2,1% y la anual llegó al 31,8%
:quality(85):max_bytes(102400)/https://assets.iprofesional.com/assets/jpg/2025/10/604770.jpg)
El rescate inesperado: Estados Unidos intervino en el mercado argentino y cambió el tablero económico

Bessent gana con el peso, pero el mercado argentino sigue sin confiar

Mercados en vilo: el futuro económico tras las elecciones de medio término

El FMI recorta su proyección de crecimiento para la Argentina y advierte sobre la persistencia inflacionaria



Melconian: “Bessent fue el stent que evitó el infarto de la economía argentina”





El FMI recorta su proyección de crecimiento para la Argentina y advierte sobre la persistencia inflacionaria

Mercados en vilo: el futuro económico tras las elecciones de medio término
:quality(85):max_bytes(102400)/https://assets.iprofesional.com/assets/jpg/2025/10/604770.jpg)
El rescate inesperado: Estados Unidos intervino en el mercado argentino y cambió el tablero económico

Gobernadores en ascenso: el bloque federal que empieza a desafiar el mapa político de 2027
