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Cómo se cubrirán las nuevas vacantes, uno de los principales interrogantes de la reforma judicial

Dudas y cuestionamientos sobre si se pueden designar jueces subrogantes. Cómo cambiarían los futuros concursos para magistrados

POLÍTICA 02/08/2020 Heretz Nivel
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El Consejo de la Magistratura de la Nación estará bajo la mirada de la política, la Justicia y, también de la sociedad, quizás como pocas veces antes, desde que fue creado en 1994. No solo porque el Comité de expertos para “repensar” el Poder Judicial asesorará a Alberto Fernández sobre cómo mejorar el funcionamiento de este organismo que propone jueces y los enjuicia en caso de mal desempeño, sino porque por él pasarán los nombres de jueces que subrogarán las nuevas vacantes en los juzgados que se crearán, así como los concursos a través de los cuales se elegirán sus titulares definitivos.

El proyecto de reforma judicial contempla la creación de un nuevo fuero Federal Penal que deberá comenzar a “funcionar cuanto antes”, según dijo el Presidente en la presentación de la iniciativa el miércoles pasado en el Salón Blanco. Ese nuevo fuero unificará los 12 juzgados federales en lo Criminal y Correccional con los 11 en lo Penal Económico, que deberán elegir quedarse con una de los dos secretarías de cada juzgado. Las 23 secretarías restantes deberían pasar a los nuevos 23 juzgados federales a crearse. La iniciativa, además, propone la creación de 5 nuevos tribunales orales federales (TOF) de tres integrantes cada uno, lo que demandará otros 15 magistrados, más 94 jueces con competencia federal en el interior del país.

¿Cómo se van a cubrir esas vacantes una vez aprobada la ley, y hasta que los pliegos de los nuevos jueces sean aprobados por el Senado, después del concurso respectivo?

Según el artículo 14 del proyecto enviado al Senado, “una vez que se cuente con el crédito presupuestario necesario para la habilitación de los Juzgados” creados por la ley a aprobarse, “y se encuentren en trámite los concursos para cubrir las vacantes correspondientes, se procederá a designar jueces y juezas subrogantes de conformidad con lo dispuesto en los artículos 15 y 16″ de la norma.

Estos dos artículos establecen que será la Cámara Nacional de Casación Penal la encargada de elaborar una lista, dentro de los diez días una vez que entre en vigencia la nueva ley, con los jueces nacionales de la Capital que deseen ocupar en forma interina las vacantes del nuevo fuero Penal Federal.

Más allá de expresar su voluntad de ser subrogantes, los postulantes no deberán “registrar atrasos significativos” en el trámite de las causas en su juzgado, ni tampoco “incumplimientos reiterados de los plazos legales para el dictado de resoluciones que establecen las leyes procesales”.

De esa nómina, el Consejo de la Magistratura deberá, en un plazo de 30 días, seleccionar a los 23 jueces subrogantes de los nuevos juzgados del Nº 24 al Nº 46. El organismo deberá “ponderar positivamente los antecedentes curriculares que acrediten la especialización en la materia penal federal” y “respetar la diversidad de género”. La conformación del listado deberá ser aprobada con dos tercios de los votos de los presentes, en una sesión pública. Una vez aprobada la nómina de jueces subrogantes, el Consejo se la mandará al Poder Ejecutivo, quien los designará previo acuerdo del Senado.

La elección de la Cámara Nacional de Casación Penal -conocida en el ámbito tribunalicio como “CaNaCa”- despertó una serie de especulaciones respecto de la posibilidad de ocupar las nuevas vacantes con jueces “permeables” a los deseos del actual oficialismo. ¿El motivo? Varios de sus integrantes tienen posiciones más cercanas al Frente de Todos.

“Es una apuesta muy a corto plazo especular con que esas vacantes las cubran jueces suplentes elegidos por su simpatía con el actual oficialismo porque, por los tiempos que demandará cubrir definitivamente todos los nuevos cargos, a los candidatos de las ternas de jueces los va a terminar eligiendo el próximo gobierno”, analizó un funcionario judicial con experiencia en la “rosca política”. Y si bien reconoció que históricamente la Cámara Nacional de Casación estuvo integrada por jueces más cercanos el kirchnerismo, “con las vacantes que se cubrieron en ese cuerpo durante el gobierno de Cambiemos, hoy está 50 y 50”.

Desde el oficialismo en el Consejo destacaron que, como la lista de jueces subrogantes requiere dos tercios para ser aprobada, “esos lugares se van a cubrir si hay consenso respecto de los nombres, lo cual está bien desde el punto de vista institucional”.

El actual presidente del organismo, el juez Alberto Lugones, coincidió en que el proceso de designación de los jueces subrogantes requerirá de un consenso “complejo”. En ese sentido, recordó ante Infobae que, en su momento, le propuso al ex ministro de Justicia Germán Garavano la posibilidad de “aplicar un sistema mediante una planilla con los nombres de los posibles candidatos, y que los consejeros le pongan una X a los que les parezcan más idóneos, y luego sumar esos votos. Los que reúnan 13 apoyos, quedan en la lista, y luego se va bajando en la cantidad de votos, con un mínimo de 9 idealmente”.

Con la conformación actual del Consejo de la Magistratura, el Gobierno tiene garantizados seis votos, la misma cantidad con la que suele contar la oposición, más allá de que dos de los representantes de los jueces suelen votar con este bloque, pero con mayor independencia, según el tema. Ese virtual empate lo viene definiendo, este año, la diputada del espacio de Roberto Lavagna, Graciela Camaño. Como para aprobar una lista de conjueces - al igual que las ternas de candidatos a magistrados- se requiere una mayoría especial de 9 votos sobre 13, el Frente de Todos requiere de un acuerdo más amplio que los apoyos de su sector.

“Por otro lado, muchos de esos elegidos como subrogantes van a concursar simultáneamente para cubrir esos cargos en forma definitiva en el nuevo Fuero Federal Penal, ya que la Justicia Nacional en el ámbito de la Capital va a desaparecer progresivamente”, agregó la fuente que participa de la discusión sobre el funcionamiento de la Justicia en el actual Gobierno.

¿Subrogancias legales?

Sin embargo, hay quienes en el Consejo cuestionan que se quiera ocupar un juzgado nuevo, aún no habilitado, con un juez subrogante -al menos en una primera etapa-, en lugar de cubrirlos por concurso. Otros admitieron que, cuanto menos, “este tema traerá ruido”.

“Un juzgado está habilitado cuando tiene un edificio, recursos asignados y un juez titular designado por concurso, más allá de que haya sido creado por ley. La Corte fue muy clara en el fallo Uriarte (de noviembre de 2015) respecto de que es la única con potestad de poner en funcionamiento un Juzgado recién creado”, le dijo a Infobae un funcionario de carrera con más de una década en el organismo.

“Más allá de lo que haya dicho la Corte, esa acordada quedó superada por la ley 27.439 de subrogancias sancionada en 2018, que prohíbe ocupar con jueces subrogantes juzgados o tribunales nuevos. No me parece razonable ese punto del proyecto de la reforma judicial”, sostuvo el consejero y diputado del PRO Pablo Tonelli. El artículo 14 de esta norma establece que “será nula, de nulidad absoluta, la designación de un juez suplente para desempeñar funciones en un juzgado o tribunal que no hubiese contado previamente con magistrados titulares designados conforme al procedimiento constitucional ordinario”.

El proyecto impulsado por el Ejecutivo prevé que los jueces subrogantes elegidos permanecerán en sus cargos hasta tanto asuman sus funciones los magistrados titulares. El plazo máximo es de un año, prorrogable por única vez con causa justificada por seis meses. Actualmente, por la ley de subrogancias vigente, la prórroga es de otro año más.

Los nuevos concursos

El texto de la reforma judicial prevé que, más allá de las subrogancias con las que se cubran las vacantes de los nuevos juzgados y tribunales, en un plazo de diez días después de sancionada la ley, se llame a concurso para cubrir los alrededor de 150 cargos de magistrados que se crearán.

En su discurso del miércoles pasado, el Presidente sorprendió a muchos de los presentes -entre ellos, los consejeros Gerónimo Ustarroz, representante del Ejecutivo; el juez Lugones y su par Juan Manuel Culotta; y el representante de las universidades, Diego Molea- al adelantar que el proyecto prevé que el examen de los concursos para cubrir los cargos sea oral y público. También dispone que “será registrado en soporte de imagen y sonido al que se le dará difusión pública para garantizar objetividad, igualdad de oportunidades y transparencia”.

Actualmente la prueba por oposición es solo escrita y anónima, con un sistema de claves alfanuméricas que le impide a los jurados saber a quien pertenece el examen que está corrigiendo. Las claves se develan después de que el jurado calificó las pruebas.

“Me gusta como método de examen, pero para la Facultad. En el Consejo tiene un inconveniente muy grande y es que permite la identificación de los postulantes. El jurado puede hacer preguntas fáciles o difíciles según el candidato y calificarlos de acuerdo con su nombre y apellido”, le dijo Tonelli a Infobae.

El examen oral público, como segunda instancia del escrito, existió en el Consejo entre 2010 y 2014, hasta que con la llegada del ex secretario de Justicia de Cristina Kirchner, Julián Álvarez, se volvió al sistema de evaluación únicamente por escrito. Un integrante del Consejo de esa época recuerda que se le pedían a los jurados las preguntas que iba a realizar en el examen oral por escrito con anticipación, para luego sortearlas, y evitar que un jurado pudiera adelantarme lo que le iba a preguntar a un postulante. “Era muy buen sistema de selección, con doble instancia. Para rendir el examen oral, el candidato tenía que aprobar al menos con el 50% el escrito. Y eso dejaban una montón de gente en el camino”, recordó.

“Por un lado, en el examen oral se pierde el anonimato y hay que ver cómo evitar favoritismo a la hora de calificar. Con la cantidad de concursantes que habrá, es muy difícil que los jurados no conozcan a alguien”, advirtió Lugones.

Después de escuchar a Fernández en el Salón Blanco, el actual presidente del Consejo comenzó a charlar con la titular de la Comisión de Selección, Graciela Camaño, cómo se podría implementar la evaluación oral de los candidatos para cubrir las nuevas vacantes. “Por la pandemia, los exámenes deberían hacerse durante un tiempo en forma remota. Para cubrir, por ejemplo, los 23 lugares de los nuevos juzgados penales federales de primera instancia, se podrían armar tres cuerpos de jurados y sortear por el sistema informático lotes de 100 candidatos, por cada grupo de jurados, estimando que se presentan unos 300 aspirantes. O sea, cada grupo de jurados evaluaría a 100 aspirantes. No a todos se les pregunta lo mismo y todo el examen oral va grabado y luego se hace pública la grabación”, especuló Lugones sobre la tarea que tendrá el Consejo de resolver cómo implementar concursos masivos para cubrir las futuras vacantes, una vez que se apruebe el proyecto en el Congreso.

“Si cada entrevista dura entre 30 y 40 minutos, cada cuerpo de jurados estaría unos diez días hábiles para evaluar 100 postulantes. Habría que estimar unos 12 exámenes orales por día, trabajando los cinco días de la semana. Aunque, por otro lado, hay que conseguir jurados que acepten trabajar dos semanas diez horas diarias. Hay que pagarles bien y ver cuántos jurados se anotan para esta tarea”, admitió.

A esto hay que sumarle que actualmente hay en el organismo 134 concursos en trámite, que deben concluirse.

Un consejero del bloque del oficialismo admite que lo del examen oral, tal como está escrito en el proyecto, es ambiguo y que “va a haber que discutirlo en el Congreso, donde se definirá la letra fina, si reemplaza o no a la prueba escrita”.

Los plazos

El proyecto prevé un plazo de nueve meses para elevar la terna al Ejecutivo desde que se convoca a los nuevos concursos. Este plazo puede parecer extenso, aunque normalmente un concurso, desde que comienza hasta que el Presidente designa un candidato, lleva como mínimo dos años, usualmente hasta cuatro, y en varios casos, más. “Es ordenatorio, no mandatorio”, admitió un hombre del oficialismo. “La idea es que pueda concretarse en el menor tiempo posible. Podés concluir el concurso en dos meses, pero después tener que tener los dos tercios para aprobar la terna”, reconoció.

Después del examen, se arma un orden de mérito provisorio por puntaje, y luego se abre un proceso de apertura de impugnaciones de otros candidatos y se llama a la entrevista personal ante los integrantes de la Comisión de Selección. A partir de esa instancia, se conforma el orden de mérito definitivo. De acuerdo a ese listado con los que obtuvieron mejor puntaje, se realiza la audiencia ante el plenario y se elige a la terna que se eleva al Ejecutivo, que debe ser votada por dos tercios de los consejeros presentes.

Actualmente hay 153 ternas de jueces en el Ejecutivo, de las cuales el Presidente debe enviar su candidato o candidata al Senado para que le dé acuerdo. Son las 131 que había enviado Mauricio Macri y que retiró Fernández hace cinco meses, más otras 17 que elevó el Consejo entre marzo y abril, y cinco que habían quedado sin enviar desde la anterior gestión.

El “valor” de la entrevista personal

El examen oral no reemplaza a la entrevista personal que tienen los postulantes ante la Comisión de Selección del Consejo, y que -todos coinciden- actualmente permite un margen de discrecionalidad que alterar la ubicación del candidato en el orden de mérito definitivo, y permitirle subir varios casilleros para tener chances de entrar a la terna elevada al Presidente.

Para acotar esa discrecionalidad y la manipulación en la lista definitiva de postulantes, el proyecto prevé que la valuación de la entrevista personal “no podrá otorgar un puntaje superior al 15% del puntaje total otorgado al o la postulante”.

“Había que acotar el manejo de la entrevista personal. Hoy no tenés ningún límite. Por la apreciación personal, se puede modificar mucho el lugar de un candidato en el orden de mérito”, admitió un hombre del Gobierno.

Tonelli coincidió con este artículo del proyecto: “No me parece mal. He criticado el exceso de discrecionalidad que se produce en algunas circunstancia por algunas entrevistas, con aspirantes que estaban abajo y suben en la lista por puntaje, o a la inversa”.

Un ejemplo reciente se dio el año pasado, en la terna para cubrir el estratégico Juzgado Federal Nº 1 de La Plata, con competencia electoral. La terna elevada al PEN quedó conformada en primer lugar por el juez federal de Dolores, Alejo Ramos Padilla, con 183,50 puntos; en segundo lugar quedó ubicado Jorge Eduardo Di Lorenzo, secretario del Juzgado Federal Nº 3 de la capital bonaerense, con 157,75 puntos; y en tercero, Laureano Durán, secretario de la Cámara Penal también de La Plata, con 148 puntos sobre un máximo de 200. Durán estaba originalmente en el puesto 11º del orden de mérito provisorio y luego de las impugnaciones pasó al 7º lugar antes de las entrevistas personales. Finalmente, tras esta instancia, quedó tercero en la terna que se elevó al Ejecutivo, y fue el candidato elegido por Mauricio Macri para ocupar el cargo, aunque el Senado no llegó a aprobar su pliego.

Se especuló con que Durán tenía el visto bueno de la entonces gobernadora María Eugenia Vidal, en un juzgado clave en su territorio. Pero también era bien mirado por el kirchnerismo, quien lo designó como subrogante en el Juzgado Electoral de La Plata en 2015, y actuó en las elecciones en las que ganó Macri a nivel nacional y Vidal en la Provincia.

“Le fue muy bien en la entrevista personal. Fue el único que resolvió qué hacer en una inundación con las elecciones. Pero es un ejemplo de hasta qué punto, con el sistema actual, la entrevista personal puede alterar el orden de mérito provisorio conformado por el examen escrito y el puntaje por los antecedentes”, señaló un conocedor de cómo funciona el Consejo.

Más atrás en el tiempo, el actual integrante de la Cámara Federal de Casación Penal Javier Carbajo había quedado en el puesto 26 en el orden de mérito del concurso Nº 281 para cubrir cuatro vacantes en ese Tribunal, aprobado en 2015 por la Comisión de Selección. Tras la llegada de Cambiemos al poder y el cambio de mayorías en el Consejo, el entonces secretario de esa Cámara pasó al 12º lugar, y con 141,50 puntos, en 2018 quedó tercero en la cuarta terna para cubrir esos cuatro cargos en el máximo tribunal penal del país.

¿Sigue el puntaje por antecedentes?

El artículo 37 del proyecto se refiere a la prueba de oposición, pero nada dice de los antecedentes laborales y académicos de los postulantes, lo que generó un interrogante sobre si se trata de una omisión involuntaria, o si se los dejará de considerar en los concursos de magistrados.

Ante la consulta de Infobae, las fuentes del Consejo especularon con que, al no haberse eliminado explícitamente, el puntaje por antecedentes sigue vigente. Hoy, pueden significar un máximo de 100 puntos sobre 200, que es el tope de puntos que puede obtener un candidato a juez en un concurso. “Queda en un gris”, advirtió preocupado un consejero.

“Si la nueva ley no lo dice, no anula lo anterior”, analizó otro. “El puntaje por antecedentes está en el Reglamento de Concursos del Consejo, se debe aplicar como hasta ahora”, opinó otro de sus colegas en el organismo.

Lo cierto es que, con concursos que serán gigantescos, el análisis de los antecedentes llevará tiempo. Más del previsto en el corto plazo que anunció Fernández para conformar el nuevo fuero Penal Federal. La renovación de la Justicia quizás lleve más tiempo que el anhelado.

Con información de www.infobae.com sobre una nota de Mariel Fitz Patrick

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