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Humilló a su pareja y abusó a una adolescente: le dieron 13 años de prisión

Condenaron en Córdoba a un hombre que sometía a su pareja y abusaba sexualmente de la hija de la mujer.

JUDICIALES 22/08/2020 Agencia de Noticias del Interior Agencia de Noticias del Interior
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Un hombre fue condenado a 13 años de prisión por ejercer violencia psíquica, física y económica contra su pareja durante mucho tiempo. La hija de la mujer denunció que sufrió abusos sexuales siendo menor de edad, delito que fue contemplado por el tribunal de la Cámara en lo Criminal y Correccional de 12° Nominación de la ciudad de Córdoba.

Durante un largo período la mujer soportó todo tipo de agresiones de E.M.G. (el nombre se inicializa para proteger la identidad de las víctimas). Pero la víctima no pudo tolerar saber que su hija fue abusada por el mismo hombre. “Esto fue un punto de quiebre, el traspaso del límite de lo que podía soportar”, expresó el camarista Gustavo Reinaldi.

El hombre privó reiteradas veces la libertad a la mujer, la acosó con diferentes excusas y la humilló cada vez que quiso. “Podía tolerar aquella violencia, pues formaba parte del mismo paradigma cultural que compartían; pero no que su hija fuera abusada. Es aquí cuando su comportamiento cambia, se aleja de E. M. G., deja de acompañarlo y pone en conocimiento de la autoridad lo que a su hija le había pasado y también lo que ella había vivido”, relató el magistrado.

En el juicio que culminó en Tribunales 2 de Córdoba se ventilaron detalles y procedimientos del accionar cotidiano del condenado. En definitiva, a E.M.G. se le atribuyeron seis hechos delictivos que fueron encuadrados en los siguientes delitos: privación ilegal de la libertad calificada y lesiones leves calificadas, lesiones leves calificadas y amenazas, todos estos en perjuicio de su pareja; abuso sexual simple, abuso sexual gravemente ultrajante calificado por la calidad de guardador del autor respecto de la víctima y promoción a la corrupción de menores calificada, en contra de la hija de su pareja de 12 años; y privación ilegítima de la libertad por una conducta ajena a la violencia doméstica.

Fuente: El Doce

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