
La Justicia intimó a la ANSES a restituir de manera provisoria la pensión de Cristina Kirchner mientras continúa la disputa judicial
JUDICIALES Agencia de Noticias del Interior

- La Justicia intimó a la ANSES a restituir provisoriamente la pensión de Cristina Kirchner.
- El organismo deberá cumplir la medida cautelar antes del 8 de julio.
- El Gobierno acatará la orden, aunque mantiene recursos ante la Corte Suprema.
- La ex presidenta presentó una caución juratoria como garantía para percibir el beneficio.
- El pago será exclusivamente hacia adelante y no incluirá retroactivos ni intereses.
- La discusión de fondo sobre la legalidad de la suspensión de las prestaciones previsionales continúa pendiente de resolución.
La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) quedó formalmente intimada por la Justicia Federal de la Seguridad Social a cumplir una medida cautelar que ordena restablecer de manera provisoria el pago de la pensión correspondiente a Cristina Fernández de Kirchner por su condición de viuda del ex presidente Néstor Kirchner. La resolución fija un plazo de diez días corridos para concretar el pago, término que vencerá el próximo 8 de julio.
Desde el Gobierno nacional confirmaron que el organismo previsional acatará la orden judicial, aunque aclararon que la decisión no implica un cambio de postura respecto del litigio de fondo. Paralelamente, la administración mantiene un recurso de queja presentado ante la Corte Suprema con el objetivo de revertir la medida cautelar dictada por la Cámara Federal de la Seguridad Social.
La resolución judicial dispone que la ANSES abone mensualmente alrededor de 15,3 millones de pesos en concepto de pensión derivada del fallecimiento de Néstor Kirchner. Se trata de un pago de carácter transitorio que permanecerá vigente hasta que exista una sentencia definitiva sobre la legalidad de la suspensión de ese beneficio.
La cautelar había sido concedida por los jueces Sebastián Russo y Juan Fantini, integrantes de la Sala III de la Cámara Federal de la Seguridad Social, luego de que la ex presidenta apelara la decisión de primera instancia que había rechazado su pedido de restitución provisoria del beneficio previsional.
Antes de efectivizar el pago, la ANSES solicitó que la Justicia exigiera una garantía para resguardar los fondos públicos en caso de que una futura sentencia resultara favorable al Estado. El organismo pretendía que Cristina Kirchner constituyera una caución real, es decir, respaldada por bienes concretos.
Sin embargo, la ex mandataria presentó una caución juratoria, mediante la cual asumió formalmente el compromiso de devolver los importes percibidos si finalmente la resolución judicial definitiva le resultara adversa. La jueza Karina Alonso Candis consideró suficiente esa garantía y dio por cumplido el requisito exigido para avanzar con la ejecución de la medida cautelar.
En la resolución que intimó a la ANSES a cumplir el fallo, la magistrada aclaró además que el pago ordenado comprende únicamente las prestaciones futuras y no incluye retroactivos ni intereses, aspectos que deberán resolverse cuando concluya el proceso principal.
La decisión judicial se produce pocos días después de que la Corte Suprema dejara firme la actualización del decomiso dispuesto en la causa Vialidad, que elevó a casi 685.000 millones de pesos el monto que deberán afrontar solidariamente Cristina Kirchner, Lázaro Báez y los demás condenados como consecuencia de la sentencia por administración fraudulenta en perjuicio del Estado.
El conflicto previsional tiene su origen en noviembre de 2024, cuando una resolución firmada por el entonces director ejecutivo de la ANSES, Mariano de los Heros, dispuso la suspensión tanto de la pensión por viudez como de la asignación vitalicia que Cristina Kirchner percibía como ex presidenta de la Nación. La decisión se fundamentó en la condena penal firme dictada en la causa Vialidad.
En aquel momento, ambos beneficios representaban ingresos superiores a los 35 millones de pesos brutos mensuales.
Mientras tanto, el expediente continúa avanzando hacia la Corte Suprema. Tanto la ANSES como el Ministerio Público impulsaron recursos extraordinarios que fueron rechazados por la Cámara, lo que derivó en la presentación de recursos de queja ante el máximo tribunal.
En los últimos días, el procurador general de la Nación, Eduardo Casal, emitió un dictamen favorable a que la Corte intervenga en el caso y revoque la medida cautelar. Según sostuvo, la condena penal firme constituye un impedimento suficiente para mantener beneficios previsionales de privilegio, incluso mientras el litigio continúa en trámite.
Además del debate sobre la suspensión de las prestaciones, permanece abierta otra controversia judicial vinculada a la posibilidad de percibir simultáneamente la asignación vitalicia como ex presidenta y la pensión como viuda de un ex mandatario. La legislación vigente establece incompatibilidades entre ambos beneficios, cuestión que desde hace años forma parte de distintos procesos judiciales que todavía no cuentan con una resolución definitiva.





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