El Tribunal Oral Federal 7 rechazó el sobreseimiento de Cristina Kirchner y confirmó el juicio oral en la causa “Cuadernos”

JUDICIALES Agencia de Noticias del Interior
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  • El Tribunal Oral Federal 7 rechazó el pedido de sobreseimiento y cosa juzgada de Cristina Kirchner.
  • La defensa argumentó que ya fue absuelta por asociación ilícita en la causa “Vialidad”.
  • La fiscalía y la UIF consideraron que no existe “identidad de hechos” entre ambos procesos.
  • Los jueces señalaron que el planteo repite uno ya rechazado en 2018.
  • El tribunal recordó la obligación internacional de investigar casos de corrupción.
  • El juicio oral en la causa “Cuadernos” comenzará el 6 de noviembre.

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 7 rechazó este jueves el pedido de sobreseimiento y la excepción de cosa juzgada presentado por la defensa de Cristina Fernández de Kirchner en el marco de la causa “Cuadernos”, donde se investiga una presunta asociación ilícita y otros delitos vinculados a hechos de corrupción durante su gestión como presidenta. La resolución, firmada por los jueces Enrique Méndez Signori, Germán Andrés Castelli y Fernando Canero, mantiene a la exmandataria como imputada y habilita la realización del juicio oral, prevista para el 6 de noviembre.

El planteo de los abogados Carlos Beraldi y Ari Llernovoy se apoyaba en la reciente absolución de Fernández de Kirchner en la causa “Vialidad”, dictada por la Corte Suprema el 10 de junio de este año. Según la defensa, ambos procesos comparten un mismo objeto procesal: la acusación de haber integrado una asociación ilícita dedicada a direccionar fondos públicos y recibir retornos de la obra pública. Bajo ese argumento, sostuvieron que someterla nuevamente a juicio por el mismo hecho violaría el principio constitucional de non bis in idem, que prohíbe juzgar dos veces a una persona por el mismo delito.

“En ambos procesos, Cristina Fernández de Kirchner fue acusada por la misma acción: tomar parte en una asociación o banda dedicada a cometer delitos indeterminados”, afirmaron los abogados en su presentación. Sin embargo, la fiscal general Estela Fabiana León consideró el planteo “inadmisible”, señalando que la defensa “no demostró la existencia de un mismo hecho histórico”, sino que intentó “extrapolar un plan genérico para forzar una identidad inexistente entre las causas”. León subrayó que la garantía de no ser juzgado dos veces “sólo bloquea un nuevo proceso por el mismo hecho histórico atribuido a la misma persona, no respecto de planes o narrativas globales”.

En el mismo sentido, la Unidad de Información Financiera (UIF), representada por el director de Litigios Penales Mariano Galpern, se opuso al pedido de la defensa, descartando que la coincidencia de personas imputadas —en este caso, la ex presidenta— sea suficiente para aplicar la cosa juzgada.

El juez Enrique Méndez Signori, al fundamentar el voto mayoritario del tribunal, recordó que un planteo similar ya había sido rechazado en 2018, cuando la defensa invocó la figura de litispendencia. En aquella oportunidad, tanto el juez instructor como la Cámara Federal y la Cámara de Casación desestimaron la pretensión. “La presentación actual no demuestra con claridad la triple concurrencia exigida para considerar un supuesto de doble juzgamiento: identidad de persona, objeto y causa de persecución”, sostuvo el magistrado.

Méndez Signori agregó que la defensa “se limita a señalar de modo dogmático coincidencias entre las causas, sin atender a las diferencias fácticas que permiten concluir que no se trata, prima facie, del mismo comportamiento penalmente relevante”. Además, el tribunal remarcó la obligación internacional del Estado argentino de investigar y sancionar hechos de corrupción, conforme a los compromisos asumidos por el país en la Convención Interamericana y la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción.

Los jueces Canero y Castelli adhirieron a esos fundamentos. Este último señaló que el planteo “constituye una reedición de lo ya resuelto”, y aclaró que la firmeza de la absolución en “Vialidad” no modifica la situación procesal de Fernández de Kirchner en la causa “Cuadernos”.

De esta manera, el Tribunal Oral Federal 7 resolvió “rechazar el planteo de excepción por falta de acción y sobreseimiento formulado en este incidente por la defensa de Cristina Elisabet Fernández”.

La decisión implica que la ex presidenta continuará en el banquillo en uno de los expedientes más emblemáticos de presunta corrupción durante los gobiernos kirchneristas. Con el juicio oral confirmado para el 6 de noviembre, la causa “Cuadernos” volverá a poner bajo la lupa los vínculos entre funcionarios, empresarios y el circuito de pago de coimas que, según la acusación, funcionó durante más de una década en la administración nacional.

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