

Una familia se encontraba paseando por el centro de la localidad de Morón, cuando de repente una estructura de yeso en forma de vaca –ubicada en la vereda de una confitería- cayó encima de su hija, provocándole un fuerte golpe en la cara que hizo que se desvanezca en el acto.
La sentencia de primera instancia resolvió hacer lugar a la demanda por los daños y perjuicios sufridos como consecuencia del accidente y, en consecuencia, condenó a la firma a pagarle a la parte actora la suma de 366 mil pesos, con más sus intereses y costas del proceso.
La causa llegó a la Cámara Civil por un recurso de apelación. En este escenario, el Tribunal de Alzada determinó que la parte demandada "modificó la topografía de la vereda, utilizando una vaca como publicidad –con dimensiones similares a las de una real- frente a su negocio".
Los jueces señalaron que “dicho objeto, por su ubicación, estabilidad y tamaño, en una cosa riesgosa”, y destacaron que la maqueta “no sólo afecta la normal circulación de los peatones, sino que únicamente beneficia a su responsable con la propaganda ejercitada en su provecho”.
Para los camaristas, “los accionados -creadores del riesgo - únicamente podían liberarse de responsabilidad si acreditaban inexcusablemente la causa ajena”, pero añadieron que la recurrente “no ha cesado en su intento de convertir a la Alzada en una nueva instancia de debate y prueba (…)”.
Así, la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó la responsabilidad de la firma por los hechos acaecidos y la procedencia de los rubros indemnizatorios en los autos “R., F. L. c/ B.S.A. y Otro s/ daños y perjuicios”.
Fuente: www.diariojudicial.com





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