La casaquinta de Pilar valuada en US$17 millones vuelve a la Justicia Federal por una causa de presunto lavado

JUDICIALES Agencia de Noticias del Interior

RMRN2M5J2FBCBHYKJUAHKROD2Q

  • La Cámara Federal de Casación Penal determinó que la causa por presunto lavado vinculada con la casaquinta de Pilar debe continuar en la Justicia Federal.
  • El expediente regresará al juzgado federal de Campana a cargo de Adrián González Charvay.
  • La propiedad está valuada en 17 millones de dólares y es investigada por la presunta utilización de testaferros.
  • Casación consideró que el lavado de activos no corresponde al fuero Penal Económico.
  • La resolución convalidó las medidas realizadas hasta ahora y ordenó continuar con la investigación sin retrocesos.
  • La causa analiza también posibles vínculos entre los propietarios de la sociedad adquirente y dirigentes de la AFA.

La Cámara Federal de Casación Penal resolvió que la investigación por presunto lavado de activos vinculada con una casaquinta de Pilar valuada en 17 millones de dólares deberá continuar en la Justicia Federal y regresar al juzgado de Campana a cargo de Adrián González Charvay. De esta manera, el expediente dejará nuevamente el fuero Penal Económico de la Ciudad de Buenos Aires, donde había sido enviado a partir de una disputa de competencia.

La decisión fue adoptada por los jueces Mariano Borinsky y Diego Barroetaveña, mientras que Alejandro Slokar votó en disidencia por considerar que el recurso no debía ser admitido por cuestiones formales. Sin embargo, incluso en su planteo contrario, coincidió con la cuestión central: el delito de lavado de activos corresponde al ámbito de la Justicia Federal y no al fuero Penal Económico.

Casación sostuvo que la naturaleza de los hechos investigados permite configurar, en principio, el delito previsto en el artículo 303 del Código Penal. En consecuencia, entendió que la pesquisa debe permanecer dentro de la jurisdicción federal criminal y correccional, tanto para respetar la garantía constitucional del juez natural como para asegurar una administración de justicia eficiente.

El tribunal ordenó que el expediente sea remitido a la Cámara Federal de Apelaciones de San Martín para que, sin demoras, vuelva al juzgado de Campana. La resolución también dejó expresamente establecido que el cambio de competencia no implica anular las actuaciones realizadas ni retroceder en las medidas de prueba ya concretadas.

La causa se inició en diciembre de 2025 a partir de una denuncia contra Luciano Pantano y su madre, Ana Conte, vinculados con la sociedad Real Central, que figura como adquirente de la propiedad ubicada en Villa Rosa. La sospecha surgió porque los investigadores consideraron que los ingresos declarados por los titulares no justificarían una inversión de semejante magnitud.

La investigación también analiza si ambos actuaron como presuntos testaferros de dirigentes de la Asociación del Fútbol Argentino. Durante un allanamiento realizado en la propiedad se encontraron objetos que, según la pesquisa, pertenecerían al tesorero de la entidad, Pablo Toviggino.

El expediente atravesó distintos juzgados y cámaras debido a la disputa sobre cuál era el fuero competente. El entonces juez federal Daniel Rafecas había enviado la causa al fuero Penal Económico, pero esa jurisdicción cuestionó la decisión y sostuvo que su especialización no alcanzaba para asumir una investigación por lavado de activos, debido a que no existe una norma que atribuya específicamente ese delito a esa jurisdicción.

Más adelante, la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Penal Económico resolvió que el expediente quedara en el Juzgado Penal Económico 10, decisión que fue cuestionada por la defensa y terminó llegando a Casación.

Ahora, los jueces Borinsky y Barroetaveña remarcaron que la competencia del fuero Penal Económico está delimitada por ley y comprende delitos específicos, como evasión tributaria, contrabando, infracciones al régimen penal cambiario y otras figuras determinadas. El lavado de activos, señalaron, no forma parte de esa enumeración y corresponde a la Justicia Federal.

La resolución representa así una definición sobre el fondo de la disputa jurisdiccional. El expediente deberá regresar a Campana y continuar con la investigación de los movimientos patrimoniales, la procedencia de los fondos utilizados para la adquisición de la casaquinta y la eventual vinculación de terceros con los bienes bajo análisis.

Últimas noticias
Te puede interesar
Lo más visto