
Ordenan a un banco rectificar informes al BCRA por el rechazo indebido de cheques denunciados como extraviados
JUDICIALES
Ricardo ZIMERMAN

La Sala C de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial confirmó una sentencia que condenó al Banco Santander Argentina S.A. a rectificar la información remitida al Banco Central de la República Argentina (BCRA) respecto de una serie de cheques que habían sido informados como rechazados por falta de fondos, pese a que existía una denuncia previa de extravío de esos documentos.
La resolución fue dictada en la causa “Copello, Ricardo Jorge c/ Banco Santander Argentina S.A. s/ sumarísimo”, en la que el tribunal analizó la responsabilidad de la entidad financiera por la forma en que calificó y comunicó el rechazo de los cheques cuestionados.
El conflicto comenzó cuando el administrador de un consorcio de propietarios detectó la aparición de cheques pertenecientes a una chequera que nunca había utilizado. Los documentos provenían de una chequera retirada en 2019 por la ex administradora del consorcio, quien posteriormente había denunciado el extravío de 25 cheques.
A pesar de esa denuncia, los instrumentos fueron presentados al cobro durante 2023 y el banco los informó como rechazados por "falta de fondos", lo que derivó en la comunicación automática al BCRA y en la aplicación de las consecuencias previstas para ese tipo de incumplimientos.
Frente a esa situación, el administrador promovió una denuncia penal por presunta defraudación y notificó formalmente al banco sobre la existencia de la maniobra. Sin embargo, la entidad sostuvo que la causal de insuficiencia de fondos debía prevalecer aun cuando existiera una denuncia de extravío y atribuyó al nuevo administrador una supuesta falta de diligencia en el control de la chequera.
Durante el proceso judicial, tanto la prueba reunida en la causa penal como la pericia contable practicada en el expediente desvirtuaron esa postura. Los elementos incorporados acreditaron que los cheques debían haber sido rechazados por orden de no pagar, precisamente como consecuencia de la denuncia de extravío, y no por insuficiencia de fondos.
Los jueces Matilde E. Ballerini, Alejandra N. Tevez y Eduardo R. Machin señalaron que la normativa del Banco Central establece expresamente que, cuando existe una denuncia de extravío o adulteración de cheques, esa circunstancia desplaza la causal de rechazo por falta de fondos y excluye la comunicación correspondiente al registro de cheques rechazados.
En ese contexto, la Cámara concluyó que el Banco Santander informó indebidamente al BCRA la responsabilidad del administrador del consorcio, pese a que la documentación incorporada al expediente evidenciaba que la calificación correcta debía vincularse con la denuncia de extravío e, incluso, con la posible adulteración de las firmas.
Con estos fundamentos, el tribunal confirmó la condena que ordena al banco rectificar toda la información remitida al BCRA, eliminar la vinculación del actor con los cheques involucrados y cesar cualquier registro futuro relacionado con esas numeraciones.


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