


Los jueces de la Sala Quinta de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Salta han aumentado la cuota alimentaria para una menor del 30% al 45% del Salario Mínimo Vital y Móvil. Además, el progenitor deberá asegurar la cobertura de salud a la misma proporción, incluso si renuncia a su empleo.
La decisión se produce tras un recurso presentado por la madre de la niña, quien argumentó que la cuota fijada por el juez de primera instancia era insuficiente y que no se había considerado la obligación del demandado de mantener la obra social que beneficiaba a su hija.
Los magistrados señalaron que, al aumentar la edad de la menor, sus necesidades económicas también crecen. Han pasado ocho años desde la sentencia inicial, durante los cuales la niña ha escolarizado y ha experimentado cambios en su dieta y socialización, lo que conlleva mayores gastos.
El Tribunal también destacó que el alimentante, aunque ha renunciado a su trabajo, posee un título profesional como Ingeniero Agrónomo y está en la capacidad de generar ingresos.
En su fallo, los jueces consideraron que el 30% del Salario Mínimo Vital y Móvil no era suficiente para cubrir las necesidades de la menor, por lo que decidieron aumentar la cuota al 45%. Reiteraron que la decisión busca mantener el nivel de vida que la niña había alcanzado, subrayando que una reducción unilateral de los recursos no está justificada si no hay motivos razonables.





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