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Punto por punto: cuáles son los cambios que llegan con la nueva reforma laboral que ya entra en vigencia

POLÍTICAAgencia de Noticias del InteriorAgencia de Noticias del Interior
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En el Boletín Oficial de este jueves, el Gobierno de Javier Milei dio un paso importante al reglamentar, mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia 847/2024, la reforma laboral con la que establecerá los cambios que regirán en materia de indemnizaciones, períodos de prueba y contratos de trabajo.

 
"El profundo cambio generará más oportunidades para el empleo registrado en el sector privado a través de la flexibilización de una serie de condiciones, entre ellas, un blanqueo de impuestos al trabajo, mayores facilidades para la contratación de empleados independientes y la posibilidad de acordar alternativas para el cese laboral que conformen tanto a los trabajadores como a las empresas", dice el comunicado enviado horas antes de conocerse formalmente el DNU de Javier Milei.

 
La normativa, que había sido aprobada por el Congreso en julio, incorpora varias modificaciones que impactarán tanto en trabajadores como en empleadores.

Punto por punto
Promoción del empleo registrado
Se reglamenta el Título IV de la Ley Bases que busca promover el empleo registrado mediante un "blanqueo" para regularizar las relaciones laborales no registradas o mal registradas (fecha o monto) iniciadas con anterioridad a la publicación de la Ley. El blanqueo es una herramienta que va a permitir enfrentar un gran problema de nuestro mercado laboral: el alto nivel de informalidad. Entre los beneficios se destacan:

 
Condonación de al menos 70% la deuda por capital e intereses de los aportes y contribuciones patronales. La condonación es mayor para las MIPYMES: o 90% para micro, pequeñas empresas y las organizaciones sin fines de lucro o 80% para medianas (tramo 1 y 2).
Baja del Registro de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL).
Reconocimiento de hasta 60 meses de servicio a los trabajadores para el mínimo de años requeridos para el sistema jubilatorio.
A su vez, los montos a pagar por el empleador del porcentaje de deuda no condonada se podrán abonar con un plan de facilidades de la AFIP o con un descuento del 50% en el caso de pago de contado.(MDZ)

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