

El Gobierno Nacional publicó este jueves el decreto mediante el cual se establece una nueva fórmula de actualización de las cuotas de la medicina prepaga y en febrero habrá un nuevo aumento.
El presidente Alberto Fernández y todo el Gabinete de ministros firmaron el Decreto 743/2022 que anuncia que “a partir del 1° de febrero de 2023 y por el plazo de 18 meses, el incremento del valor de las cuotas -autorizado conforme las pautas establecidas en el artículo 17 de la Ley N° 26.682- de los contratos individuales de adhesión voluntaria que deberán abonar las personas afiliadas a los sujetos alcanzados por la Ley N° 26.682 e inscriptos en el Registro Nacional de Entidades de Medicina Prepaga (RNEMP). Están incluidas aquellas personas que acceden al servicio por derivación de sus aportes obligatorios del sistema de Obras Sociales.
El incremento autorizado tendrá como tope máximo el 90 % del Índice de Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE) del mes inmediato anterior publicado”. Esta medida se aplicará respecto de los y las titulares contratantes que posean ingresos netos inferiores a 6 Salarios Mínimos, Vitales y Móviles.
En tanto, las empresas de medicina prepaga “deberán ofrecer en forma obligatoria a sus usuarios y usuarias, a partir del 1° de enero de 2023, idénticos planes de cobertura al que posean en la actualidad sin copagos, con la inclusión de copagos sobre las prestaciones de primer y segundo nivel, a un precio de, como mínimo, un 25 % menor al plan sin copagos”.
Esta madrugada el Ministerio de Salud publicó en el Boletín Oficial la Resolución 2577/2022 que autoriza a partir del 1 de febrero del año próximo “incrementos mensuales en el valor de las cuotas de las Entidades de Medicina Prepaga inscriptas en el Registro Nacional de Entidades de Medicina Prepaga (RNEMP) conforme la última variación publicada del Índice de Costos de Salud” aprobado por la cartera a cargo de Carla Vizzotti, por el plazo y con los topes establecidos en el artículo 1° del decreto publicado este jueves.
“En el caso de los trabajadores en relación de dependencia, el tope del incremento previsto en el artículo 1° del Decreto N° 743/22 será aplicable a la cuota que efectivamente abonen por el plan superador que hayan contratado”, se aclaró en la resolución.
“Las Entidades de Medicina Prepaga y los Agentes del Seguro de Salud deberán incrementar los valores retributivos de las prestaciones médico-asistenciales brindadas a sus beneficiarios, beneficiarias, usuarios y usuarias por los prestadores inscriptos en el Registro Nacional de Prestadores de la Superintendencia de Servicios de Salud en al menos un 90% del aumento porcentual de sus ingresos por vía de cuotas de medicina prepaga o negociaciones paritarias, para cada mes incluido en el plazo previsto de 18 meses”, agregó el Ministerio de Salud.
El Gobierno de Alberto Fernández avanzó con esta medida luego de las críticas de Cristina Kirchner. Las empresas de medicina prepaga debían aumentar las cuotas de sus planes de salud un 13,8% a partir de diciembre de acuerdo al porcentaje del aumento del índice de costos de salud, que contempla la evolución de los rubros del sector como recursos humanos, medicamentos, insumos médicos y otros gastos generales y que se calculaba en forma bimestral. Sin embargo, tras los dichos de la Vicepresidenta, se decidió desdoblar en dos ese aumento.
Desde el inicio de 2022, y antes de la creación del nuevo índice, las empresas prestadoras de medicina prepaga aplicaron incrementos autorizados por el Gobierno de 6% en marzo y 6% en abril y luego sumaron un 8% en mayo, 10% en junio, 4% en julio y 11,53% en octubre.
“Resulta francamente inaceptable el nuevo aumento, esta vez de dos dígitos (13,8%), que el Gobierno autorizó a las empresas de medicina prepaga, y que de esta manera suman el 114% anual de aumento otorgado. O sea, más de un 20% sobre la inflación anualizada”, había manifestado CFK a través de sus redes sociales.
Fuente: Infobae



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