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Consejo de la Magistratura: La Corte a un paso de darle la razón a Luis Juez

POLÍTICA 27/10/2022 Agencia de Noticias del Interior Agencia de Noticias del Interior
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El Procurador General de la Nación, Eduardo Casal, dictaminó que corresponde que la Corte trate el recurso extraordinario interpuesto por el senador de Juntos por el Cambio Luis Juez que reclama dejar sin efecto la sentencia que aprobó la polémica designación del cristinista Martín Doñate en ese organismo.

 
En mayo de este año, la vicepresidenta Cristina Kirchner hizo dividir -solo en los papeles- el bloque de senadores del Frente de Todos para alegar que la banca por la tercera minoría la correspondía al nuevo bloque "Unidad Ciudadana" y no al PRO de Luis Juez (senador por Córdoba).

Además, puso en marcha esa jugada política fuera de término, pero un juez de instrucción ante el reclamo de Juez sostuvo que era una decisión del Congreso no judiciable. El fallo fue avalado por la cámara el lo Contencioso Administrativo Federal, Juez apeló y ahora está en manos de la Corte.

Así con el dictamen de Casal, la Corte está en condiciones de votar y anular la designación de Doñate lo que abriría la posibilidad de que Cristina pierda un voto clave en ese organismo que propone, sancione y destituye jueces.

Juez dijo  que "sería importante que esa sentencia salga pensando en las futuras designaciones sino estaríamos frente a un gran interrogante de cómo actuar próximamente para el nuevo Consejo".

"Si usar cualquier método vale para quedarse con una banca que por derecho no te corresponde, ése sería el mayor de los perjuicios a las Instituciones", agregó el legislador cordobés.


La semana pasada se eligieron los cuatro representantes por los jueces y los abogados y ahora falta que las cámaras de senadores y de diputados nombren a los suyos. Si la Corte falla antes de fines de noviembre, se caerá la jugada de Cristina de dividir su bloque.

Casal “opinó que corresponde hacer lugar al recurso extraordinario interpuesto, dejar sin efecto la sentencia apelada y devolver las actuaciones” al juez de instrucción para dictamine un nuevo fallo "conforme a derecho".

Casal entendió que el fallo de la Cámara en lo Contencioso Federal que había rechazado el reclamo de juez “afecta de manera directa e inmediata las garantías constitucionales invocadas (conf. artículo 15 de la ley 48), por lo que corresponde descalificar el fallo de acuerdo con la doctrina del Tribunal en materia de arbitrariedad de sentencias”.

El jefe de los fiscales aclaró que su posición “es sin que ello importe abrir juicio sobre la solución que, en definitiva, corresponda adoptar sobre el fondo de la cuestión en debate”, es decir si fue legal la designación de Doñate .

Casal opinó que el reclamo “es de naturaleza jurídica y no política pues, como quedó antes expuesto, depende estrictamente de la inteligencia que se asigne a las disposiciones constitucionales y legales”.

En consecuencia, “resulta aplicable el criterio según el cual corresponde a la Corte velar porque ninguno de los poderes del Estado, al ejercer las atribuciones que la Constitución les asigna de manera exclusiva, se desvíe del modo en que ésta autoriza a ponerlas en práctica”.

Casal sostuvo que la jurisprudencia establece que “no hay otro poder por encima del de esta Corte para resolver acerca de la existencia y los límites de las atribuciones constitucionales otorgadas a los departamentos Legislativo, Judicial y Ejecutivo, y del deslinde de atribuciones de éstos entre sí y con respecto a los de las provincias”.

“No admite excepciones, en esos ámbitos, el principio reiteradamente sostenido por la Corte, ya desde 1864, en cuanto a que ella ‘es el intérprete final de la Constitución”, agregó Casal.

Ningún poder del Estado “puede ejercer lícitamente otras facultades que las que le han sido acordadas y es del resorte de esta Corte juzgar ‘la existencia y límites de las facultades privativas de los otros poderes’”, subrayó.


En mayo pasado, la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal confirmó el fallo de primera instancia que había rechazado el pedido del senador nacional Juez, de Juntos por el Cambio, para ser designado como miembro del Consejo de la Magistratura de la Nación.

La Sala V de la Cámara ratificó la facultad que tiene el Congreso para armar y desarmar sus bloques según las afinidades políticas de sus integrantes y que esa no es una materia que puede resolver la Justicia.

Así, ese tribunal le dio un aval a la decisión de Cristina Kirchner, titular del Senado, de dividir en dos el bloque del Frente de Todos, solo en los papeles, para designar al legislador Doñate en el Consejo.

"Se resuelve rechazar el recurso de apelación; y confirmar la sentencia apelada", indica la resolución firmada por los jueces de Cámara Guillermo Fabio Treacy, Pablo Gallegos Fedriani y Jorge Alemany.

En la primera instancia, el juez Pablo Cayssials había sostenido que el reclamo no podía judicializarse porque se trataba de una decisión del Senado.

Cuando Juez acudió a la Justicia, explicó que tras la sentencia dictada por la Corte Suprema de Justicia el 16 de diciembre de 2021 sobre la composición del Consejo de la Magistratura, el bloque del PRO -en su carácter de segunda minoría del Senado- designó como sus representantes a Juez como consejero titular y a Humberto Schiavoni como suplente.

Aquella sentencia tenía un plazo de 120 días para ejecutarse, que se cumplieron el 15 de abril. Hasta esa fecha, el Congreso no había acatado el fallo del Máximo tribunal y Cristina jugaba con la posibilidad de desobedecer el fallo.

"El derecho a designar a los representantes de la minoría en el Consejo de la Magistratura corresponde al bloque que constituía la segunda minoría al tiempo en que la sentencia debió haber sido cumplida. Y no cabe ninguna duda que al 15 de abril, el Bloque Frente Pro revestía dicho carácter", sostuvo Juez en el texto del amparo.

Fuente: Clarín

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