Julio De Vido y Roberto Baratta libres
Ordenaron la liberación del ex ministro de Planificación K en la causa de los Cuadernos de las Coimas. También fue excarcelado su segundo, Roberto Baratta. Quedarán con tobillera electrónica por otros casos que los involucran.
CORRUPCIÓN K Heretz NivelEl Tribunal Oral Federal (TOF) 7 ordenó la excarcelación del ex ministro Julio De Vido. Los jueces tienen a cargo el juicio por la causa conocida como los Cuadernos de las Coimas​. Sin embargo, el ex titular de Planificación Federal deberá cumplir prisión domiciliaria por orden del Tribunal 1 que lo juzgará por administración fraudulenta al haber desviado 176 millones de pesos que debían dirigirse a la mina de carbón de Río Turbio. La misma medida alcanzó a Roberto Baratta, quien fue segundo de De Vido en el ministerio.
La decisión del TOF 7 se conoce después de la resolución que firmó la Cámara de Casación Penal, que ordenó la liberación del ex ministro K en base a las restricciones implementadas sobre las prisiones preventivas en el nuevo Código Procesal Penal.
Si bien el TOF 7 ordenó su "inmediata Liberación", De Vido deberá regresar a su domicilio (iría a su casaquinta de Zárate) bajo las exigencias de una prisión domiciliaria que le dictó el TOF 1, que tiene a su cargo la causa que lo condujo a la cárcel en noviembre de 2017.
En el expediente de los Cuadernos, el juez Claudio Bonadio​ procesó al ex ministro en carácter de organizador de la asociación ilícita -que comandó Cristina Kirchner- dedicada a la recaudación de fondos ilegales. Junto con la acusación, le dictó prisión preventiva en la causa principal y en otras vinculadas que también fueron elevadas a juicio.
En la resolución, los jueces Fernando Canero, Germán Castelli y Ernesto Ruiz, señalaron que en función de la resolución de la Sala I de la Cámara de Casación, se ordene la inmediata liberación de De Vido en la "presente causa y sus conexas N° 13820/2018 y 10456/2014, la que no se hará efectiva por continuar detenido a disposición del Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 1, en la causa N° 5218/2016, bajo la modalidad de arresto domiciliario", plantea el escrito.
Si bien el TOF 7 había rechazado excarcelar al ex ministro señalando "que se valoró la gravedad y naturaleza de los ilícitos imputados, la pena prevista para éstos y la imposibilidad de condenación condicional; siendo dichas resoluciones próximas en el tiempo, por lo que mantienen su actual vigencia", la Cámara de Casación ordenó este viernes su liberación.
Con la disidencia de un juez se decidió "devolver las actuaciones al tribunal de origen para que dicte un nuevo pronunciamiento de conformidad con los lineamientos aquí́ sentados, con la premura que el caso amerita". Fue votado por dos de los tres jueces.
En el extenso fallo, Casación recuerda en qué casos se justifica el uso de la prisión preventiva y cuáles son los límites de la misma, en función de las restricciones aplicadas en el nuevo Código Procesal Penal.
"La libertad personal sólo podrá ser restringida en los límites absolutamente indispensable 'para asegurar el descubrimiento de la verdad y la aplicación de la ley'", advierte el texto.
A continuación, el escrito indica que "no basta alegar, sin análisis de las constancias del caso o sin fundamentación razonable, que dada determinada circunstancia teórica el imputado evadirá la acción de la Justicia y que, sobre la base de ello, a los fines de neutralizar el peligro procesal deba disponerse, como en el caso, la detención preventiva del encausado, inobservando el principio de permanencia en libertad durante el proceso".
Los camaristas indicaron además: “Cabe advertir que en todo Estado de Derecho en una sociedad democrática, resulta intolerable que con ritualismo y rigorismo formal no se aborde el tratamiento de instituciones esenciales de la libertad y se abuse en el uso de las prisiones preventivas, violando normas constitucionales y convencionales que rigen la materia, máxime cuando en el caso sometido a control jurisdiccional”.
Una vez que salga del Penal de Ezeiza, al ex funcionario K se le aplicarán una serie de restricciones:
- "La promesa de someterse al procedimiento y de no obstaculizar la investigación".
- "Presentarse ante este Tribunal en forma mensual dentro de los primeros cinco días hábiles de cada mes, debiendo notificar a esta sede cualquier cambio de domicilio, como así también toda circunstancia en virtud de la cual deba ausentarse del mismo por más de 48 horas".
- "La prohibición de salir del país sin autorización previa".
- "La entrega del pasaporte que tuviere en su poder a través de la defensa –en caso de contar con dicho documento- e interdicción de expedir nuevos a su nombre".
- "La colocación de un dispositivo de monitoreo de GPS –Programa de Asistencia de Personas Bajo Vigilancia Electrónica-".
La situación de Baratta
La medida alcanzó a Roberto Baratta. Fue como consecuencia de la resolución por unanimidad de los camaristas Ana María Figueroa, Daniel Petrone y Diego Barroetaveña, que instaron a los jueces que integran el TOF 7 a que dicten un nuevo fallo en forma urgente.
​A De Vido ya le fue otorgada la prisión domiciliaria en la causa en que se investiga el desvío 176 millones de pesos de fondos públicos destinados a la mina de Rio Turbio. El ex ministro tiene una condena de 5 años y 8 meses de prisión por la Tragedia de Once y además pidió la excarcelación por estar por cumplir 70 años, mientras que Roberto Baratta no tiene otras prisiones preventivas aunque sí está procesado en, por lo menos, otras dos causas.
Mientras tanto, el juez federal Bonadio investiga a Baratta como uno de los supuestos organizadores del "Operativo Puf" para intentar entorpecer la causa de los cuadernos de las coimas.
El Tribunal responsable de realizar el juicio contra los 52 ex funcionarios y empresarios procesados en la causa de los cuadernos, donde la flamante vicepresidenta Cristina Kirchner está imputada como "jefa de la asociación ilícita que se dedicó a la recaudación de fondos ilegales", que desde el extinto Ministerio de Planificación que dirigió De Vido se cobraban a los empresarios contratistas del Estado, ordenó liberar a Baratta.
La resolución sostiene "disponer, siguiendo los lineamientos fijados por la Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal en el día de la fecha, la inmediata liberación de Roberto Baratta en la presente causa y su conexa N° 10456/2014".
Como resultado de esta medida, se ordenó su comparecencia "ante este Tribunal dentro de las 24 horas hábiles de efectivizarse su libertad".
Al ex mano derecha de De Vido se le impusieron las mismas obligaciones que al ex ministro, entre ellas la prohibición de salir del país.
Además, se le colocará también una tobillera electrónica para el cumplimiento de la prisión domiciliaria.
Con información de www.clarin.com sobre una nota de Lucía Salinas
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