
La Corte Interamericana de Derechos Humanos emitió un duro fallo contra Argentina
El Tribunal internacional condenó al Estado argentino por detenciones y requisas ilegales durante la década del ´90.
POLÍTICA Heretz Nivel

La Corte Interamericana de Derechos Humanos condenó a Argentina por casos de detenciones y requisas ilegales, arbitrarias y discriminatorias. Los hechos ocurrieron en la década del ´90 en la ciudad de Mar del Plata y Buenos Aires. En el fallo, el tribunal internacional criticó el Código Procesal Penal vigente ya que consideró que no detalla cuáles son los casos que requieren de intervención policial.
En la resolución, la Corte Interamericana encontró al Estado argentino responsable de múltiples cargos. Según detalla el escrito, se lo responsabiliza por «la violación de los derechos a la libertad personal, protección de la honra y de la dignidad, y a las garantías judiciales y protección judicial» de dos ciudadanos. Se trata de Carlos Alberto Fernández Prieto y Carlos Alejandro Tumbeiro, ambos detenidos sin causa justa.
El fallo textual indica que la Corte consideró que «en estas detenciones no se cumplieron con el estándar de legalidad, fueron arbitrarias, y constituyeron una injerencia en sus vidas privadas, y determinaron la inconvencionalidad de diversas normas habilitantes para la detención de personas sin orden judicial, así como una práctica inconvencional en Argentina respecto a la aplicación de dichas normas en la época de los hechos».
La primera detención
El caso de Fernández Prieto ocurrió en 1992 en Mar del Plata. El expediente relata que, durante «una recorrida», un inspector y dos sargentos vieron un auto verde con tres sujetos a bordo «en actitud sospechosa«. Tras la requisa del vehículo y el supuesto hallazgo de marihuana, fueron detenidos. Fernández Prieto fue condenado a cinco años de prisión por trasporte de estupefacientes. El caso llegó hasta la Corte Suprema, donde se rechazó el recurso de queja y confirmó la sentencia condenatoria. El hombre falleció en el 2020.
«Me encajaron la droga»
El otro caso ocurrió en Buenos Aires en el años 1998. La policía detuvo con fines de «identificación y requisa corporal» a Carlos Tumbeiro, un electricista de 44 años. Según detallaron las fuerzas de seguridad, el hombre tenía una actitud que “resultaba sospechosa” porque “su vestimenta era inusual para la zona y por mostrarse evasivo ante la presencia del patrullero”.
Ante esta situación, Tumbeiro relató que llevaba puesto un jean y una camisa y que los agentes policiales lo “metieron en el patrullero” y le “encajaron la droga”. Asimismo, aseveró que no tenía «ningún antecedente». Posteriormente, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 1 de la Capital Federal lo condenó a un año y seis meses de prisión. Ante esta situación, Tumbeiro pidió la nuladidad del acta de secuestro ante casasión por considerar que no portaba actitud sospechosa.
Finalmente, la Sala I de la Cámara Nacional de Casación Penal lo absolvió, pero luego la Corte revocó la decisión y ordenó que fuera emitido un nuevo pronunciamiento. En 2006, la Justicia resolvió dar por cumplida la condena tras cumplir varios años de trabajo comunitario. El hombre murió en 2014.
Con información de www.elintransigente.com





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