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Prohíben comercialización de dos marcas de manteca de una empresa cordobesa

La ANMAT además dispuso la prohibición en la comercialización de una premezcla para hacer pan apto para celíacos y dos medicamentos.  

NOTICIA DE INTERÉS 30/11/2019 Ana COHEN
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La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió dos marcas de manteca de una empresa cordobesa, una premezcla para hacer pan apto para celíacos y dos medicamentos.

Así, la ANMAT, mediante la Disposición 9627/2019 decidió sacar de las góndolas dos tipos de manteca fabricadas por la empresa cordobesa Servio S.A., una bajo la marca Loma Blanca y otra con el nombre de Yolcle, ya que “no cumplirían la normativa alimentaria vigente”.

De acuerdo con un estudio realizado por la Agencia Santafesina de Seguridad Alimentaria (ASSAl), ninguno de los dos productos “se corresponden con el perfil de grasa láctea” con el que deberían cumplir para los estándares de exigencia que dicen tener, por lo que “resulta ser un alimento adulterado”.

El organismo ordenó sacar del mercado la “Premezcla universal” marca Delicel -libre de gluten-, ya que le generó “una reacción alérgica en un menor de edad alérgico a la proteína de leche de vaca, soja y huevo”.

Ante la denuncia del Instituto Nacional de Alimentos (INAL), la Unidad de Coordinación de Alimentos del Ministerio de Agroindustria de la Provincia de Buenos Aires (UCAL) realizó una auditoria en el establecimiento donde se elabora este producto, que asegura estar hecho “sin huevo y sin derivados de soja” y se tomaron muestras que están en estudio, de acuerdo a la Disposición 9626/2019.

ANMAT también frenó la venta “de todas las especialidades medicinales que contengan la asociación a dosis fijas de GLUCOSAMINA – MELOXICAM (monodosis en un solo comprimido o sobre)”, ya que existen “informes de diferentes entidades científicas”, indicando que estudios realizados demuestran que la combinación de estos ingredientes como farmacéuticos activos “muestran una eficacia cuestionada en pacientes”

Por su parte, en la Disposición 9629/2019 se especificó que esos medicamentos “no permiten la titulación de la dosis de cada fármaco en particular ni adecuar la dosis, acortar el tratamiento o suspender un principio activo ante la aparición de efectos adversos, sin afectar a los restantes componentes de la asociación, produciendo un aumento estadísticamente significativo de la mortalidad, de la internación por hemorragia digestiva, de la internación por insuficiencia cardíaca o insuficiencia renal”.

Se resaltó que el meloxicam es “cuestionado debido a las alertas cardiovasculares de las Agencias Regulatorias Internacionales”, mientras que a la glucosamina es recomendable usarla por tres meses y “debiendo dejar al menos un periodo de descanso de dos (2) meses pudiéndose repetir luego de evaluar si resulta eficaz” en el tratamiento de cada enfermedad.

Fuente: Cba24n

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