Casación confirmó el pago de casi $685.000 millones por decomiso en la causa Vialidad

JUDICIALES Agencia de Noticias del Interior
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  • La Cámara de Casación confirmó que Cristina Fernández de Kirchner y otros condenados deben pagar solidariamente casi $685.000 millones por decomiso en la causa Vialidad.
  • El monto original era de $84.835 millones, actualizado por el IPC tras la ratificación de la Corte Suprema.
  • La defensa de la ex presidenta denunció vulneración de derechos y cuestionó el índice usado para la actualización.
  • El fiscal Mario Villar defendió la medida, afirmando que el decomiso fue debatido en todas las instancias y busca evitar beneficios económicos por delitos.
  • Los jueces Hornos, Borinsky y Barroetaveña coincidieron en que la actualización solo preserva el valor del decomiso y no reabre el debate.
  • El fallo habilita la ejecución de bienes para cubrir el perjuicio económico al Estado.

La Cámara Federal de Casación Penal confirmó de manera unánime que Cristina Fernández de Kirchner deberá afrontar, junto con los demás condenados en la causa “Vialidad”, el pago solidario de $684.990.350.139,86 en concepto de decomiso. La resolución de la Sala IV, integrada por los jueces Gustavo Hornos, Mariano Borinsky y Diego Barroetaveña, rechazó las objeciones de la defensa y validó tanto el monto actualizado como la metodología empleada para calcularlo.

El decomiso había sido fijado inicialmente en $84.835 millones por el Tribunal Oral Federal N°2 (TOF 2) en diciembre de 2022, como parte de la condena por administración fraudulenta en perjuicio del Estado por el direccionamiento de la obra pública en Santa Cruz. Tras ser confirmado en 2024 por Casación y ratificado en junio pasado por la Corte Suprema, los peritos oficiales actualizaron la cifra aplicando el Índice de Precios al Consumidor, lo que elevó el monto a casi $685.000 millones. En julio, el TOF 2 intimó a los condenados a depositar el dinero en un plazo de diez días hábiles, bajo apercibimiento de ejecutar bienes.

Los abogados de Fernández de Kirchner, Carlos Beraldi y Ary Llernovoy, habían impugnado la decisión alegando vulneración del derecho de defensa y trato desigual respecto de otros procesos. Sostuvieron que el tribunal transformó una “estimación provisoria” en un cálculo definitivo que no pudo ser discutido por las partes, y cuestionaron la elección del IPC como índice de actualización. A sus planteos se adhirieron las defensas de Lázaro Báez, José López y Mauricio Collareda.

El fiscal general Mario Villar recomendó ratificar el decomiso. Argumentó que “la comisión de hechos punibles no debe ser rentable” y recordó que el monto y la metodología fueron debatidos en todas las instancias, incluida la Corte. Según Villar, el razonamiento del tribunal “presenta una sólida argumentación” y ninguno de los peritos de parte impugnó de manera concreta el método elegido.

En su voto, Hornos enfatizó que el monto a decomisar ya había sido definido como definitivo en las sentencias previas, y que la actualización respondió solo a la necesidad de preservar su valor real. Señaló que el cálculo se basó en pericias, documentos y pruebas sobre licitaciones coludidas y sobreprecios detectados. Borinsky coincidió y subrayó que el mecanismo de actualización no fue arbitrario, ya que siguió el criterio sugerido por los peritos de la Corte. Barroetaveña, por su parte, destacó que las defensas tuvieron amplias oportunidades para intervenir y que el debate sobre el decomiso quedó clausurado tras la ratificación de la Corte.

La decisión de Casación deja firme la obligación patrimonial y despeja el camino para la ejecución de bienes de los condenados. Para los jueces, la actualización monetaria no reabre el debate sobre el decomiso sino que garantiza que el perjuicio económico al Estado no pierda valor por efecto de la inflación. Con este fallo, el máximo tribunal penal federal refuerza el principio de que los delitos de corrupción deben tener consecuencias patrimoniales efectivas, incluso años después de cometidos.

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