
El Banco Nación anunció una línea de créditos hipotecarios: quiénes pueden anotarse
POLÍTICA
Agencia de Noticias del Interior

El presidente del Banco Nación, Daniel Tillard, anunció hoy una línea de créditos hipotecarios. Se trata de "+Hogares" y estará disponible a partir del lunes 20 de mayo para todo el país.
Podrán solicitarlos trabajadores en relación de dependencia, jubilados y/o pensionados que perciban sus haberes a través del BNA. También autónomos o monotributistas.
"En todos los casos se admiten hasta dos usuarios titulares y hasta dos codeudores, quienes deberán ser familiares directos de los primeros (padres, hijos o hermanos) y cumplan a satisfacción del BNA con los requisitos establecidos en la presente Reglamentación para la obtención de un préstamo hipotecario", indica el Banco Nación en su sitio web.
Estos créditos están destinados a:
- Adquisición de vivienda única y de ocupación permanente.
- Cambio de vivienda única y de ocupación permanente.
- Construcción de vivienda única y de ocupación permanente, en terreno propio, libre de ocupación, la que deberá cumplir como mínimo con los estándares previstos por el Ministerio de Economía de la Nación.
- Ampliación, refacción o terminación de vivienda única y de ocupación permanente.
- Adquisición de segunda vivienda.
Asimismo, "no se admite la adquisición, construcción, ampliación, refacción o terminación de propiedades que se destinen total o parcialmente al uso comercial y/o profesional, como tampoco aquellas que contengan locales comerciales". Tampoco se financia "la adquisición del terreno asiento de la construcción de la vivienda única y de ocupación permanente".
La modalidad es "Préstamo en Unidades de Valor Adquisitivo actualizables por Coeficiente de Estabilización de Referencia CER - Ley 25.827 (UVA) con garantía hipotecaria en primer grado".
Según se explicó, "las cuotas se liquidarán en forma mensual y por sistema francés".
Cómo se aplicarán los intereses:
- Usuarios personas humanas en actividad laboral en relación de dependencia, jubiladas y/o pensionadas que perciban sus haberes a través del BNA exclusivamente para el caso de adquisición, cambio, construcción y ampliación refacción o terminación de vivienda única y de ocupación permanente, con valor de vivienda igual o inferior a 140.000 UVAS: 4,50% TNA fija.
- Exclusivamente para estos casos, se podrá a su propia elección optar por una alternativa que le permita establecer un tope en el valor de la cuota en función del aumento de la UVA con respecto al CVS, el mismo tendrá un costo equivalente a 1,5 ppa que se calculará sobre saldos a la fecha de vencimiento de cada cuota.
- Resto de los usuarios, adquisición de segunda vivienda o Usuarios “A” con valor de propiedad superior a 140.000 uvas: 8% TNA fija.





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