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El jueves se llamaría a concurso por los lugares de Bruglia y Bertuzzi en la Cámara

El Consejo de la Magistratura activa esta semana por reemplazos. Los ecos del fallo no se aplacan: opinan dos juristas expertos Andrés Gil Domínguez y Alberto Garay, además del expresidente del Colegio Público de Abogados, Jorge Rizzo.

POLÍTICA 09/11/2020 Sofía Caram*
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Tras el fallo de la Corte que estableció la inconstitucionalidad de los traslados sin concurso, los pasillos de tribunales –hoy virtuales por la pandemia– se tapizaron de diversas interpretaciones sobre el impacto y los posibles alcances que dejó la sentencia sobre los jueces Pablo Bertuzzi y Leopoldo Bruglia. El jueves próximo el Consejo de la Magistratura abrirá el concurso para cubrir las dos vacantes en la Cámara Federal.

Consultados por Ámbito, juristas y abogados coincidieron en celebrar el carácter ordenador del fallo, en cuanto al criterio que se debe aplicar a la hora de trasladar a un juez o jueza. Con matices, se refirieron a la situación de los más de cincuenta magistrados que fueron trasladados sin concurso en los últimos años. “Empantana hacia atrás, pero libera hacia adelante”, dijo el ex presidente del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal, Jorge Rizzo. El fallo estableció “el estándar más adecuado de todos los posibles”, expresó el constitucionalista Andrés Gil Domínguez. En contraposición, Alberto Garay criticó el voto de mayoría y advirtió sobre el “tembladeral” en el que se puso al resto de las y los magistrados que fueron trasladados sin concurso.

La contundencia en cuanto a la definición de inconstitucionalidad de los traslados definitivos plantó un interrogante respecto a la más de media centena de jueces que estarían en la misma condición que Bruglia y Bertuzzi. Sobre estos dos casos, el Consejo de la Magistratura abrirá este jueves 12 de noviembre el concurso para cubrir las dos vacantes en la Cámara Federal. Todo indica que la Comisión de Selección aprobará el inicio del proceso por unanimidad. Pero, al mismo tiempo, desde el propio Consejo advierten que los supremos abrieron una caja de Pandora y que podrían venirse “una infinidad de planteos” sobre distintos casos de traslados a dedo que se convirtieron en definitivos.

Sobre este punto, el abogado constitucionalista Andrés Gil Domínguez señaló que “en aquellos casos en donde operaron traslados y el cargo de origen ya fue ocupado por el procedimiento establecido por la Constitución, ese traslado ya es definitivo”. De esta manera, la jueza María Servini, por ejemplo, podrá seguir en su despacho actual con competencia electoral, ya que su cargo original fue ocupado por un magistrado que cumplió con el concurso de rigor. En esa misma línea, por el contrario, quien no podría continuar en su puesto es el ex ministro de María Eugenia Vidal ascendido a camarista, Carlos Mahiques, cuyo cargo deberá ser sometido a compulsa. Sin embargo, en este y en los otros casos sólo se abrirían los concursos si el Consejo de la Magistratura recibe el planteo formal correspondiente. Dicho de otro modo: si nadie cuestiona un determinado traslado ante el Consejo, ese juez o jueza podrá seguir en su puesto. Y a la inversa. Por eso, el abogado constitucionalista Alberto Garay advirtió sobre la posible discresionalidad de la política en ese aspecto: “Esta sentencia pone en vilo a todos los jueces que se encuentran en la misma situación. Que esos casos se activen o no depende de que el Consejo de la Magistratura o el Presidente decidan medir con la misma vara todos los demás casos”. Al mismo tiempo, Garay alertó que cualquiera de las partes en una causa civil podría ahora objetar judicialmente ser juzgado por un juez en esa situación. Lo que “pone en evidencia el tembladeral en que esos magistrados y magistradas quedan colocados”.

La Asociación de Magistrados también criticó la sentencia por entender que podría afectar en forma directa a otros jueces. Su presidente, Marcelo Gallo Tagle opinó que generó “una incertidumbre muy grande” y un “efecto no deseado”, porque “hay jueces que podrían ser alcanzados y que no tuvieron derecho a defensa”. Sin embargo, el abogado Jorge Rizzo consideró que eso no es así y que “el fallo de la Corte aplica solo para el caso concreto de Bruglia y Bertuzzi” ¿Y qué puede pasar con el resto de los traslados de los últimos años?, preguntó Ámbito. “Creo que están todos en la misma situación. Pero habría que poner una fecha de corte”. ¿Y cómo evalúa el contenido del fallo y su posible impacto? “Muchas variantes no tenía el máximo tribunal. Lo bueno es que estableció que los traslados son provisorios. Es cierto que empantana hacia atrás, pero libera hacia adelante”, opinó Rizzo.

“El sistema de traslado de jueces comenzó hace cincuenta o sesenta años con carácter excepcional en casos excepcionales. Y con el tiempo se transformó en una práctica frecuente pero no por ello correcta”, recordó Garay. Sin embargo, criticó el voto de mayoría al considerar que el fallo “ignora el hecho que el Consejo de la Magistratura no tiene competencia para revisar traslados de jueces y mucho menos si esos traslados, como en este caso, habían sido aprobados por el mismo Consejo pero con otra conformación de mayorías, años antes”.

Gil Domínguez, en cambio, celebró los parámetros que la Corte dejó asentados: “Este fallo establece el estándar más adecuados de todos los disponibles. Es decir, que no hay otro camino que lo establecido por la Constitución que te lleve a convertite en juez o jueza de manera definitiva. Fija una pauta muy concreta a futuro. Hasta acá teníamos un desquisio de traslados definitivos sin concurso”. Rizzo coincidió en ese aspecto: “A partir de ahora se termina el traslado definitivo de magistrados y se consagra, esperamos que para siempre, el mecanismo de los tres pasos que establece la Constitución Nacional; léase, Consejo de la Magistratura, Poder Ejecutivo Nacional y Cámara de Senadores. Se determina claramente que todo traslado es temporario para cubrir una necesidad y no para que esos magistrados queden definitivamente en ese lugar”. Al mismo tiempo llamó a que el mecanismo constitucional se cumpla, “gobierne quien gobierne”.

 

 

* Para www.infobae.com

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