
Confirman condena contra Ford y una concesionaria por vender un vehículo con fallas de fábrica
JUDICIALES
Ricardo ZIMERMAN

La Sala D de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial confirmó en lo sustancial una sentencia que responsabilizó a Ford Argentina S.C.A. y a una concesionaria por los defectos presentados en un automóvil cero kilómetro, ordenando la entrega de una unidad nueva en reemplazo del rodado adquirido y ratificando una multa de 4,5 millones de pesos en concepto de daño punitivo.
El nuevo pronunciamiento fue dictado luego de que la Corte Suprema de Justicia de la Nación dejara sin efecto una resolución anterior y dispusiera que el expediente volviera a la Cámara para el dictado de un nuevo fallo. En esa oportunidad, el tribunal revisó nuevamente el caso y adoptó una decisión coincidente con el criterio expuesto por la fiscal general Gabriela Boquin.
La demanda había sido promovida por una pareja que, en febrero de 2018, compró un Ford Fiesta 1.6 SE cero kilómetro. Poco tiempo después de retirar el vehículo comenzaron a registrarse desperfectos eléctricos que provocaban la activación intempestiva del sistema de alarma sin causa aparente.
Frente a esos inconvenientes, el automóvil ingresó en reiteradas oportunidades al servicio técnico oficial. Sin embargo, las reparaciones no solo resultaron insuficientes para eliminar las fallas originales, sino que, tras una de las intervenciones mecánicas, aparecieron nuevos problemas relacionados con la caja de cambios.
Al analizar las constancias del expediente, los camaristas concluyeron que el fabricante y la concesionaria incumplieron las obligaciones previstas en la Ley de Defensa del Consumidor, al no brindar una reparación eficaz dentro de parámetros razonables. El tribunal entendió que la reiteración de ingresos al taller y la persistencia de los desperfectos demostraban que el vehículo nunca alcanzó las condiciones de funcionamiento esperables para un bien nuevo.
En ese contexto, la sentencia confirmó la obligación de sustituir el automóvil por otro cero kilómetro de idénticas características o, en caso de haber sido discontinuado, por el modelo equivalente que lo reemplace en el mercado. La entrega deberá realizarse sin costo adicional para los compradores, quienes deberán restituir la unidad defectuosa.
Además del reemplazo del vehículo, la Cámara mantuvo la indemnización por la privación de uso sufrida por los consumidores durante el tiempo en que el automóvil permaneció fuera de servicio.
Por mayoría, los magistrados también ratificaron la aplicación del daño punitivo al considerar que la conducta de las demandadas evidenció una marcada desatención hacia los derechos de los compradores. Según el fallo, la reiteración de reparaciones ineficaces y la falta de una solución definitiva obligaron a los consumidores a iniciar un extenso proceso judicial para obtener una respuesta adecuada, circunstancia que justificó la imposición de la sanción económica prevista por la normativa de defensa del consumidor.


















:quality(75):max_bytes(102400)/https://assets.iprofesional.com/assets/jpg/2019/01/471517.jpg)








