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Nuevos requisitos y beneficios para el reintegro en las compras con tarjeta de débito para jubilados y beneficiarios de AUH

La medida fue publicada este sábado en el Boletín Oficial por la resolución 4679/2020.

ECONOMÍA 01/03/2020 Heretz Nivel
REINTEGRO

Mediante la resolución general 4679/2020, la AFIP publicó una nueva norma respecto a los reintegros para compras con tarjetas de débito de ciertos beneficiarios. De este modo, aclaró ciertos puntos sobre los plazos, exigencias y alcances del reintegro. La medida fue publicada este sábado en el Boletín Oficial. La titular de este organismo, Mercedes Marcó del Pont aprobó la norma.

Se trata de la devolución del 15%. A esta accederán a partir de hoy primero de marzo jubilados, pensionados y beneficiarios de asignaciones sociales. Será para las compras realizadas con tarjetas de débito de alguno de estos beneficios. En la normativa original se excluía a “los sujetos que perciban otros ingresos que hayan sido declarados en el impuesto a las ganancias. Y/o en el régimen simplificado para pequeños contribuyentes”.

En la resolución oficializada hoy, la AFIP señaló que “resulta necesario precisar el alcance”. La decisión se basa en que existen “diferentes regímenes especiales”. De este modo aclararon que no estarán excluidos “aquellos pequeños contribuyentes”. Regirá para los que estén adheridos al Régimen de Inclusión Social y Promoción del Trabajo Independiente. O al de Pequeños Productores Agrarios de Tabaco, Caña de Azúcar, Yerba Mate y Té. Tampoco los que estén inscriptos en el Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social.

Así, la AFIP estableció que “se considerará Administradoras de Sistemas de Tarjetas de Débito” no solo “a las entidades que las administran” formalmente. También “a aquellas autorizadas a operar” con ellas. En este sentido, las dos estarán obligadas a realizar el reintegro por la cuenta en la que se recibe el beneficio. Respecto a la devolución en 24 horas, la nueva norma precisó que sólo será para compras que se realicen entre las 00 y 17 del mismo día.

Cambios en los tiempos del reintegro

Para todas las demás compras, el reintegro se realizará dentro de las 48 horas hábiles posteriores. El tope máximo de devolución que sigue siendo de 700 o 1.400 pesos. Así, el mayor monto es para quienes perciban dos o más prestaciones. La medida también prevé una determinación para entidades que administran las tarjetas de débito. “Acreditarán el día 10 de marzo, en la cuenta bancaria en la que se percibe el beneficio de jubilación, pensión y/o asignación. El monto correspondiente al reintegro de las operaciones de compra. Efectuadas desde las 00:00 horas del día 1 de marzo hasta las 17:00 horas del día 9 de marzo”.

Con información de www.elintransigente.com

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