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El Gobierno promulgó la Ley de Emergencia Económica y ya rige el 30% adicional al dólar

La norma fue aprobada el sábado por el Senado y se publicó este lunes pasadas las 17.30 en el Boletín Oficial. Se vetó el artículo 52, referido a las retenciones petroleras, y no el 8, como había asegurado el Presidente.

POLÍTICA 24/12/2019 Heretz Nivel
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La ley de Solidaridad Social y de Reactivación Productiva fue publicada este lunes en el Boletín Oficial, tal como había adelantado el presidente Alberto Fernández. De esta forma ya rige el 30% de recargo a la compra de dólares, entre otras medidas contempladas en la ley. 

La norma que fue aprobada este sábado en el Senado y fue promulgada este lunes grava con un 30% la compra de dólares para atesoramiento y gran parte de las operaciones comerciales con divisas; fija un aumento de los aranceles para granos e incrementa los impuestos a los bienes personales.

También fija un tope del 33% para los derechos de exportación de soja, un 15% para el maíz y un 5% para bienes industrializados de economías regionales. En tanto, para los hidrocarburos y la minería el techo es de 8%.

En el brindis de fin de año con los periodistas acreditados en Casa Rosada, el Presidente había indicado que para la reglamentación va a haber que esperar "un poco", pero aseguró que este lunes por la tarde sería promulgado el proyecto aprobado en el Congreso. "Se publica ya en el Boletín Oficial, con un veto parcial", dijo. Lo que finalmente sucedió pasadas las 17.30.

Según había dicho el propio Presidente, su intención era vetar el artículo 8, para excluir a empresas medianas del régimen de "Regularización de Obligaciones Tributarias de la Seguridad Social". "En Diputados, creo que fue Carlos Heller, quien incluyó a empresas dentro de las beneficiadas con la moratoria. Son empresas más grandes de lo que habíamos previsto: son empresas medianas", sostuvo Fernández, y adelantó que en la redacción del artículo 8 del proyecto serían excluidas las empresas medianas.

Sin embargo, en el Boletín Oficial no figura ese veto anunciado por el Presidente, sino que fue parcialmente modificado el artículo 52 de la ley, referido a las retenciones petroleras. En el veto de Fernández, dice: "Obsérvase en el artículo 52 del Proyecto de Ley registrado bajo el N° 27.541 la frase que dice 'En ningún caso el derecho de exportación de hidrocarburos podrá disminuir el valor Boca de Pozo para el cálculo y pago de regalías a las provincias productoras'”.

La reglamentación de la norma, según confirmaron altas fuentes de la secretaría Legal y Técnica, a cargo de Vilma Ibarra, será oficializada "antes de fin de año". 

Antes de la confirmación de Alberto, había sido el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, quien había deslizado la posibilidad de que hubiera un cambio: "La ley se va a publicar hoy y ahí se van a conocer los detalles", dijo el ministro coordinador en la puerta de la Casa Rosada. Así, hasta el momento, las nueve emergencias, la suspensión de la movilidad jubilatoria, el incremento de las retenciones y el impuesto de 30% a la compra y los gastos en dólares en el exterior aún no tienen validez.

“ Se está trabajando en la reglamentación. Ya tenemos ley para volver a poner de pie a la Argentina”, había anticipado más temprano presidente de la Comisión de Presupuesto y Hacienda de la Cámara de Diputados, Darío Martínez.

En declaraciones a El Destape Radio, el diputado dijo también que “no se le puede pedir a Alberto que resuelva en una semana lo que han perdido los jubilados en 4 años”.

“Los jubilados van a recibir $5.000, reducción de IVA, baja de medicamento. Van a recibir el 8,74% de la movilidad actual más los $5.000 en enero y diciembre”, agregó.

Recién cuando el paquete se publique en el Boletín Oficial comenzará a regir la norma que implicará que todos los que viajen o hagan compras afuera operarán -con la cotización actual- con un dólar de alrededor de $ 82.

El texto enumera las operaciones alcanzadas por el llamado dólar turista, es decir las que quedarán -durante los próximos cinco años- con un recargo del 30% respecto de la cotización oficial. Y deja abiertos algunos interrogantes. Para evitar cuestionamientos judiciales, en un agregado antes de la aprobación en Diputados, el oficialismo aclaró que estarán exceptuadas las compras previas a la sanción de la ley.

El gravamen se aplicará a las compras de billetes y divisas en moneda extranjera e incluirá el llamado dólar ahorro, con un límite de 200 dólares mensuales fijado durante el último tramo de la gestión de Mauricio Macri.

También la compra de servicios en el exterior contratados a través de agencias de viajes y turismo del país, lo que generó cuestionamientos de las agencias locales. El costo extra a su vez abarcará los alquileres temporarios en la Argentina contratados por plataformas globales. Y los pasajes terrestres, aéreos y por vía acuática de pasajeros con destino fuera del país.

Con información de www.clarin.com

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