
Pesifican los precios para la zona de registro de internet denominada “.bet.ar”


En una nueva medida, la Dirección Nacional del Registro del Dominio de Internet estableció los valores pesificados para los servicios que brinda en relación con la zona de registro denominada “.bet.ar”. La medida fue oficializada este lunes en el Boletín Oficial, mediante la resolución 42/2019 que fue aprobada con la firma del secretario Legal y Técnico Pablo Clusellas.
Según explica la resolución publicada hoy, por la resolución 110/16 se aprobó el reglamento para la administración de dominios en Argentina, donde se estableció que NIC Argentina efectuará el registro de los nombres de dominio de Internet bajo las zonas que determine y a través de los procedimientos que al efecto establezca.
De esta manera, según explica la normativa, a la Dirección Nacional de Registro de Dominios de Internet, en su carácter de Administrador del Dominio de Nivel Superior Argentina (.AR), le corresponde la determinación de zonas de registro fijando los respectivos requisitos a tal fin. En este marco, recibió la propuesta del Instituto Provincial de Lotería y Casinos de la Provincia de Buenos Aires, en relación con la creación de una zona especial destinada al registro de nombres de dominio por los operadores de juego “on-line”.
De esta manera, la medida aclara en sus considerandos que la propuesta cuenta con la opinión favorable de los organismos competentes de dicha Dirección Nacional “en atención a su posible aporte al fomento de la credibilidad e identificación de los sitios web asociados a los nombres de dominio en ella registrados”.
En este sentido, la creación de una zona especial en tal contexto, debería permitir el registro de nombres de dominio a cualquier otro operador de juego “on line” de otra jurisdicción que así lo autorizara o estableciera, convirtiéndose en un elemento de notable importancia en la búsqueda y obtención de certeza y legalidad con la que se pretende dotar a la actividad comercial referida.
Así, se dictó la disposición 68/19 que habilita la zona denominada “.bet.ar”, a efectos de permitir el registro de nombres de dominio a los operadores de juego “on-line” de cualquier jurisdicción que así lo autorizara o estableciera. De este modo, “ante la determinación de una nueva zona de registro corresponde establecer los aranceles que se percibirán por los trámites de registro de nombres de dominio en ella”, explican.
Por esto, tomó la intervención de su competencia la Dirección General de Asuntos Jurídicos de ls Subsecretaría de Asuntos Legales de la Secretaría Legal y Técnica de la Presidencia de la Nación.
Con información de www.elintransigente.com



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