
Hoy es el último día para recategorizarse en el Monotributo: cómo hacer el trámite
ECONOMÍA Agencia de Noticias del Interior

Hoy vence el plazo para que los contribuyentes monotributistas se recategoricen, si fuera necesario, en función de la facturación del último año. Este trámite se realiza cada seis meses y es obligatorio para aquellos contribuyentes cuyos ingresos hayan variado. Además, debe efectuarse de forma online a través del portal de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).
A partir de este año, la recategorización se realiza de manera semestral, en febrero y agosto, y los ajustes se basan en la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC). Para la actualización vigente, los valores se incrementaron en un 21,13%, reflejando la inflación acumulada en el segundo semestre de 2024.
Es importante destacar que solo deben recategorizarse aquellos monotributistas que hayan experimentado cambios en su nivel de ingresos, ya sea un aumento o una disminución. Quienes mantengan su categoría actual no necesitan realizar ninguna acción.
La recategorización determina el monto de la cuota mensual que se abonará en los próximos seis meses, según la facturación máxima del contribuyente en el período evaluado. La Ley 27.743 establece que las escalas y cuotas del Monotributo se actualizan en enero y julio, considerando la inflación acumulada en el semestre calendario anterior.
Este régimen simplificado abarca a más de 3,5 millones de personas, quienes deberán abonar las nuevas cuotas a partir del 20 de febrero. Es fundamental que los contribuyentes revisen su situación y, de ser necesario, realicen la recategorización antes del vencimiento para evitar posibles sanciones.
El monotributo permite a pequeños contribuyentes pagar en una única cuota mensual los impuestos nacionales, el componente jubilatorio denominado SIPA -Sistema Integrado Previsional Argentino- y la obra social. En algunas provincias como Buenos Aires, Córdoba o Mendoza, se le puede adicionar el componente de impuesto municipal (Ingresos Brutos y la contribución municipal).
¿Qué implica bajar o subir de categoría? Básicamente, pagar menos y viceversa. Cabe recordar que el Monotributo se divide en escalas, que van de la “A” a la “K” y que los montos que se deben abonar van subiendo progresivamente, al igual que los requisitos para pertenecer a cada escalón.
“En la medida que los ingresos de los contribuyentes hayan acompañado a la inflación, se mantendrán en la misma categoría. Sí, en cambio, sus ingresos se quedaron atrás en relación al avance de los precios, entonces pueden llegar a bajar de categoría”, explicó el contador Sebastián Domínguez.
Nuevas escalas del monotributo
A partir del 1 de febrero de 2025, las categorías del Monotributo y sus respectivos montos han sido actualizados de la siguiente manera:
* Categoría A: Ingresos brutos anuales: hasta $7.813.063,45. Impuesto mensual total: $32.221,31
* Categoría B: Ingresos brutos anuales: hasta $11.447.046,44. Impuesto mensual total: $36.679,00
* Categoría C: Ingresos brutos anuales: hasta $16.050.091,57. Impuesto mensual total: $42.951,25
* Categoría D: Ingresos brutos anuales: hasta $19.926.340,10. Impuesto mensual total: $55.047,33
* Categoría E: Ingresos brutos anuales: hasta $23.439.190,34. Impuesto mensual total: Locaciones y prestaciones de servicios: $70.436,50; venta de cosas muebles: $77.946,73
* Categoría F: Ingresos brutos anuales: hasta $29.374.695,90. Impuesto mensual total: Locaciones y prestaciones de servicios: $84.530,08 venta de cosas muebles: $98.096,95
* Categoría G: Ingresos brutos anuales: hasta $35.128.502,31 Impuesto mensual total: Locaciones y prestaciones de servicios: $103.321,64; venta de cosas muebles: $149.836,62
* Categoría H: Ingresos brutos anuales: hasta $53.298.417,30. Impuesto mensual total: Locaciones y prestaciones de servicios: $206.815,63; venta de cosas muebles: $340.061,68
* Categoría I: Ingresos brutos anuales: hasta $59.657.887,55. Impuesto mensual total: Locaciones y prestaciones de servicios: $309.020,04; venta de cosas muebles: $626.993,55
* Categoría J: Ingresos brutos anuales: hasta $68.318.880,36. Impuesto mensual total: Locaciones y prestaciones de servicios: $377.851,82; venta de cosas muebles: $759.420,03
* Categoría K: Ingresos brutos anuales: hasta $82.370.281,28. Impuesto mensual total: Locaciones y prestaciones de servicios: $456.773,20; venta de cosas muebles: $1.050.323,75
Si los ingresos, gastos o parámetros superan o quedan por debajo de los límites de su categoría actual, deben recategorizarse. En cambio, si no hay modificaciones de encuadre, se entiende que permanecerá en la categoría. Tampoco deberán realizar este trámite quienes hayan iniciado actividades, con al menos 6 meses de antigüedad al 31 de diciembre. Si el contribuyente lleva menos de un año pero más de un semestre, deberá proyectar su situación.
Debido a la modificación de las fechas de recategorización del Monotributo, se dispone que el plazo para que el fisco notifique en el Domicilio Fiscal Electrónico la recategorización de oficio por controles sistémicos sea de 10 días hábiles administrativos posteriores al vencimiento del período de recategorización.
Los contribuyentes tendrán tiempo hasta hoy, 5 de febrero, para familiarizarse con las nuevas escalas y hacer el trámite de recategorización. No hacer la recategorización cuando corresponde o hacerlo de manera incorrecta puede derivar en multas, intereses y una eventual exclusión del régimen por parte del organismo de recaudación.
Con información de www.infobae.com


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