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title: "AFIP da más tiempo para presentar la DDJJ del Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales"
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date_published: "2021-06-09T03:00:00-03:00"
date_modified: "2021-06-08T10:56:40-03:00"
author_name: "Agencia de Noticias del Interior"
category_name: "ECONOMÍA"
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# AFIP da más tiempo para presentar la DDJJ del Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales

![afip-telam-1jpg](https://media.ambito.com/p/2feab25bd59497f06451b752cb2c2266/adjuntos/239/imagenes/038/937/0038937519/afip-telam-1jpg.jpg)

**La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extendió más de un mes los vencimientos para la presentación de las declaraciones juradas y el pago de los impuestos a las Ganancias, Bienes Personales y Cedular, correspondientes al período 2020.**

**Según el comunicado oficial de la AFIP conducido por Mercedes Marcó del Pont, los contribuyentes podrán abonar sus obligaciones hasta el 23, 26 y 27 de julio, de acuerdo a la terminación del CUIT (el ingreso del saldo se realizará el día hábil siguiente de la presentación). Las fechas previas eran el 11, 14 y 15 de junio. La medida se publicó este martes en el Boletín Oficial, a través de la Resolución General 5006/2021.**

**"La medida garantiza un plazo razonable para que los contribuyentes y sus asesores contables puedan elaborar las declaraciones juradas con los nuevos aplicativos", sostuvieron desde AFIP.**

**La decisión había sido anticipada a la Federación de Profesionales de Ciencias Económicas el mes pasado. El aplicativo de Impuesto sobre los Bienes Personales ya está listo y será difundido en los próximos días. Por su parte, el de Ganancias será puesto a disposición de los profesionales para realizar pruebas y estará disponible en las próximas semanas.**

**El nuevo piso del Impuesto a las Ganancias**  
**Cabe recordar que este año se aprobó la reforma del Impuesto a las Ganancias, que fija un nuevo piso de $150.000.**

**El impuesto a los Bienes Personales**

**Por otro lado, el impuesto a los Bienes Personales se aplica sobre los bienes (en el país y en el exterior) que forman parte del patrimonio al 31 de diciembre de cada año. Este impuesto se aplica cuando la valuación total del patrimonio para cada período fiscal supera un monto mínimo: para el período 2021 el monto es de $2 millones, ya que no hubo una actualización con respecto al período anterior.**

**Los bienes que están exentos son los saldos de las cuentas bancarias, al 31 de diciembre, que se encuentran depositados en cajas de ahorro o en plazos fijos, en cualquier moneda. Y la vivienda única, hasta los $18 millones de valuación. Pero están gravados los saldos de las cuentas corrientes y dinero en efectivo.**

**Con información de www.ambito.com**

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