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title: "Cómo funcionará la devolución del 50% de los gastos en turismo a partir de octubre"
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description: "Este lunes se promulgó la ley de turismo donde se incluyó el régimen de “Incentivos a la Preventa de Servicios Turísticos Nacionales”"
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date_published: "2020-09-22T03:04:00-03:00"
date_modified: "2020-09-21T12:12:05-03:00"
author_name: "Heretz Nivel"
category_name: "ECONOMÍA"
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# Cómo funcionará la devolución del 50% de los gastos en turismo a partir de octubre

![ABLH7BBIZFD3DNJ6WAKBTFID5E](/download/multimedia.normal.8fd2b1cb0ba93b07.41424c48374242495a464433444e4a3657414b425446494435455f6e6f726d616c2e6a7067.jpg)

**A partir de los primeros días de octubre, comenzará a funcionar la página web del Ministerio de Turismo donde se podrán cargar las facturas de las compras de servicios turísticos —pasajes, alojamientos o excursiones en destinos locales, entre otras— para recibir luego una devolución del 50% de los gastos realizados. Ese crédito se podrá usar para comprar otros servicios turísticos a lo largo de 2021.**

**Este lunes, el Gobierno promulgó la Ley de sostenimiento y reactivación productiva de la actividad turística, que incluye el régimen de “Incentivos a la Preventa de Servicios Turísticos Nacionales”, que está destinado a fomentar y potenciar la demanda del turismo interno.**

**El programa consiste en un reconocimiento de un crédito equivalente al 50% del monto de cada compra de servicios turísticos dentro del territorio nacional, facturada por agencias de viajes o establecimientos relacionados con actividades turísticas.**

**Según adelantaron fuentes oficiales, el crédito se otorgará a través de una tarjeta o una billetera virtual del Banco Nación. Se espera que la página esté habilitada en la primera semana de octubre y que se realicen un millón de operaciones por un total de $30.000 millones. La información brindada por los consumidores será validada a través de la AFIP.**

**Para obtener el reintegro, las compras se deberán realizar hasta el 31 de diciembre de 2020. Y el crédito obtenido se podrá usar durante 2021 solo para adquirir servicios turísticos dentro del territorio nacional. Aun no fue determinado cuál será el tope máximo para las devoluciones.**

**“Este año va a ser más costoso y difícil viajar fuera del país. Y más turistas van a buscar destinos locales. A través del programa, el Estado recauda IVA directo por las primera compra y luego por la segunda compra que se hace con el crédito obtenido, que se estima que rondará los $15.000 millones”, detallaron fuentes oficiales.**

**Con todo, para el turismo interno, aun resta definir a partir de qué fecha estarán disponibles los vuelos de cabotaje regulares. Desde el ministerio de Turismo y el ministerio de Transporte estiman que será desde el 1º de octubre, pero aun falta la confirmación de las autoridades de Salud y trascendió que hay resistencia de algunos gobernadores: más de diez provincias no estarían dispuestas a recibir vuelos de otras provincias, lo que limitaría la cantidad de rutas.**

**Para evitar que fracase la temporada de verano, las autoridades están pensando en alternativas como testeos gratuitos previos a los viajes, el desarrollo de hospitales móviles en los destinos más concurridos, cupos en zonas de alta concentración de personas —como las playas y balnearios de la Costa Atlántica— y una posible temporada extendida, aunque supeditada al calendario escolar.**

**¿Qué rubros estarán incluidos en el programa de reintegro?**

**Según la Ley 27.563 son:**

**- Servicios de alojamiento (camping, refugios de montaña, hoteles, hosterías, cabañas bungalow, aparts y residenciales). Quedan excluidos alojamientos por hora, hospedaje en estancias y albergues juveniles y servicios en apartamentos de tiempo compartido.**

**- Servicios de empresas de viajes y turismo, agencias de turismo y agencias de pasajes.**

**- Transporte aerocomercial de cabotaje, terrestre de larga distancia y servicios de excursiones o traslado con fines turísticos.**

**- Servicios profesionales de licenciados en turismo, técnicos en turismo y guías de turismo, instructores de algún deporte vinculado a la actividad turística, permanentes o estacionales.**

**- Servicios de centros de esquí, de pesca deportiva, de turismo salud, turismo termal o similares, turismo aventura y ecoturismo.**

**- Alquiler de bicicletas, motocicletas, equipos de esquí, kayaks y otros artículos relacionados con el turismo.**

**- Bodegas, jardines botánicos, zoológicos y parques nacionales, parques de diversiones, parques temáticos, entretenimientos, esparcimiento y ocio, explotación de playas y parques recreativos, museos y preservación de lugares y edificios históricos.**

**- Servicios vinculados a la organización de ferias, congresos, convenciones o exposiciones.**

**- Gastronomía: cafés, bares y restaurantes.**

**- Actividad comercial en terminales de aeropuertos, parques nacionales y zonas francas que dependan de la actividad turística.**

**- Servicios de salones de baile y discotecas en territorios cuyo principal ingreso es la actividad turística.**

**- Productos regionales: la cadena de elaboración del chocolate, helados, alfajores, cervezas artesanales y otros comestibles en territorios cuya principal fuente de ingresos sea la actividad turística. Venta de artículos y artesanías regionales, antigüedades, talabartería de cuero, plata, alpaca y similares.**

**- Cines, espectáculos teatrales y musicales.**

**Con información de www.infobae.com sobre una nota de Ximena Casas**

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