---
canonical_url: "https://diariocordoba.com.ar/contenido/35248/lo-confirmo-el-gobierno-en-medio-de-la-cuarentena-un-alivio-en-los-servicios-a-q"
title: "¡Lo confirmó el Gobierno! En medio de la cuarentena, un alivio en los servicios: ¿a quiénes beneficia?"
article_type: "Article"
description: "La medida afecta a las prestaciones de energía, agua, gas por redes, telefonía, Internet y televisión por cable."
main_image: "https://diariocordoba.com.ar/download/multimedia.grande.b958ebe8763ef3de.536572766963696f732d766967656e7465735f6772616e64652e6a7067.jpg"
date_published: "2020-08-13T03:12:00-03:00"
date_modified: "2020-08-12T12:10:06-03:00"
author_name: "Heretz Nivel"
category_name: "ECONOMÍA"
category_url: "https://diariocordoba.com.ar/categoria/13/economia"
---

# ¡Lo confirmó el Gobierno! En medio de la cuarentena, un alivio en los servicios: ¿a quiénes beneficia?

![Servicios-vigentes](/download/multimedia.normal.bb2db269fc9f90a9.536572766963696f732d766967656e7465735f6e6f726d616c2e6a7067.jpg)

**El Gobierno anunció que resolvió extender la vigencia de la prohibición de suspensiones de servicios por falta de pago, en relación a la prestación de energía eléctrica, agua corriente, gas por redes, telefonía fija y móvil e Internet y televisión por cable. En este caso la normativa se implementará para un segmento de los usuarios, en referencia a pymes de sectores alimentarios y a residenciales monotrinutistas inscriptos en categorías bajas.**

**El Ministerio de Desarrollo Productivo confirmó que ,de esta manera, los servicios de energía eléctrica, agua corriente, gas por redes, telefonía fija y móvil e Internet y televisión por cable no podrán ser suspendidos por falta de pago. Dicho parámetro se fijó en hasta seis facturas consecutivas o alternas, con vencimientos desde el 1 de marzo de 2020.**

**La nueva disposición abarca tanto a las MiPyMES, Cooperativas de Trabajo o Empresas Recuperadas inscriptas en el Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social y a las Entidades de Bien Público que contribuyan a la elaboración y distribución de alimentos en el marco de la emergencia alimentaria. Además, incluye a aquellos usuarios que son monotributistas inscriptos en una categoría cuyo ingreso anual mensualizado no supere en dos veces el Salario Mínimo Vital y Móvil.**

**En este sentido, la resolución beneficiará a los usuarios particulares que registren una disminución del 50% en su capacidad de pago; los monotributistas categorías C y D que acrediten una disminución del 50% o más en su facturación mensual y las asociaciones civiles constituidas como clubes de barrio, centro de jubilados, sociedades de fomento y centros culturales.**

**En concreto, la medida comprende a:**

**-Los usuarios particulares que registren una disminución del 50% en su capacidad de pago.**

**-Los monotributistas categorías C y D que acrediten una disminución del 50% o más en su facturación mensual.**

**-Las asociaciones civiles constituidas como clubes de barrio, centro de jubilados, sociedades de fomento y centros culturales.**

**La acreditación deberá efectuarse por correo electrónico o WhatsApp, a través del canal o medio de comunicación puesto a disposición por el Ente Regulador correspondiente o el ENACOM.**

**Con información de www.elintransigente.com**

---

*Contenido creado y optimizado para IA con [Medios CMS](https://medios.io)* — Plataforma profesional para la gestión de medios digitales y portales de noticias.
