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title: "AFIP lanza régimen de facilidades de pago para abonar impuestos vencidos hasta el 30 de abril"
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description: "El plan permite la regularización de obligaciones impositivas, aduaneras y de la seguridad social, cuya caducidad haya operado hasta el 30 de abril de 2020, inclusive."
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date_published: "2020-05-16T08:04:00-03:00"
date_modified: "2020-05-15T11:59:11-03:00"
author_name: "Heretz Nivel"
category_name: "ECONOMÍA"
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# AFIP lanza régimen de facilidades de pago para abonar impuestos vencidos hasta el 30 de abril

![AFIP](/download/multimedia.normal.b1073478527c9d0e.414649505f6e6f726d616c2e6a7067.jpg)

**La AFIP implementó oficialmente un régimen de facilidades de pago a fin de permitir la regularización de obligaciones impositivas, aduaneras y de la seguridad social, cuya caducidad haya operado hasta el 30 de abril de 2020, inclusive.**

**Por medio de la Resolución General 4718/2020, publicada este viernes en el Boletín Oficial, el organismo estableció los requisitos, plazos y demás formalidades que deberán observarse para solicitar la adhesión al régimen.**

**Según lo dispuesto, la adhesión al presente régimen podrá efectuarse hasta el 30 de junio de 2020 inclusive, y la cancelación mediante el plan de facilidades, no implica reducción de intereses, así como tampoco la liberación de las pertinentes sanciones.**

**El plan de facilidades de pago reunirá las siguientes características:**

*** La cantidad máxima de cuotas a otorgar será de seis.**

*** Las cuotas serán mensuales, iguales y consecutivas, excepto para la primera de ellas, a la que se le adicionarán los intereses financieros desde el día de la consolidación del plan hasta su vencimiento, y se calcularán aplicando las fórmulas que se consignan en el micrositio denominado "Mis Facilidades" (www.afip.gob.ar/misfacilidades).**

*** El importe de cada una de las cuotas será igual o superior a mil pesos.**

*** La tasa de financiación se calculará tomando de base la Tasa Efectiva Mensual equivalente a la Tasa Nominal Anual (TNA) canal electrónico, de las normas sobre "Depósitos e inversiones a plazo" (BCRA) para depósitos a plazo fijo en pesos en el Banco Nación a 180 días, vigente para el 20 del mes inmediato anterior al correspondiente a la consolidación del plan, más un 3% nominal anual.**

*** La fecha de consolidación de la deuda será la correspondiente al día de presentación del plan.**

**Asimismo, los sujetos que adhieran al régimen podrán solicitar por única vez, la cancelación anticipada total de la deuda comprendida en el plan de facilidades de pago, a partir del mes en que se produzca el vencimiento de la segunda cuota.**

**La AFIP explicó también que la caducidad de los planes de facilidades de pago operará de pleno derecho y sin necesidad de que medie intervención alguna por parte de ese organismo, cuando se produzca la falta de cancelación de dos cuotas, consecutivas o alternadas, a los 60 días corridos posteriores a la fecha de vencimiento de la segunda de ellas, o la falta de ingreso de la cuota no cancelada a los 60 días corridos contados desde la fecha de vencimiento de la última cuota del plan.**

**Por último, el ente recaudador aclaró que el sistema informático "Mis Facilidades", para la adhesión al régimen de facilidades de pago, se encontrará disponible a partir del 21 de mayo.**

**Con información de www.ambito.com**

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