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title: "La Justicia confirmó una condena contra Telecom por facturar celulares que un cliente nunca compró"
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date_published: "2026-07-27T08:44:00-03:00"
date_modified: "2026-06-18T13:29:30-03:00"
author_name: "Ricardo ZIMERMAN"
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category_name: "JUDICIALES"
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# La Justicia confirmó una condena contra Telecom por facturar celulares que un cliente nunca compró

**![0000061831-resized-1280x1024](/download/multimedia.normal.a8ae798141854ee5.bm9ybWFsLndlYnA%3D.webp)**

**La Sala B de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial confirmó, en lo sustancial, la condena impuesta a Telecom Argentina SA por haber incluido en las facturas de un usuario cargos correspondientes a cinco teléfonos celulares que, según quedó acreditado en el expediente, nunca fueron adquiridos por el cliente. Los magistrados también consideraron que la empresa incumplió sus obligaciones al no brindar una respuesta adecuada frente a los reiterados reclamos formulados por el consumidor.**

**El conflicto judicial se inició luego de que el usuario detectara en sus facturas la aparición de cargos vinculados con equipos que desconocía por completo. A partir de esa situación, comenzó una serie de gestiones administrativas para intentar corregir el problema, incluyendo reclamos ante la compañía, presentaciones personales en oficinas comerciales y distintas instancias de conciliación.**

**Si bien la empresa terminó reconociendo la improcedencia de los cargos y procedió a bonificar los importes cuestionados, el caso continuó en sede judicial debido a las consecuencias derivadas de la situación y a la conducta mantenida por la prestadora durante todo el proceso.**

**Al analizar las constancias del expediente, la Cámara concluyó que la solución tardía implementada por la compañía no resultaba suficiente para eximirla de responsabilidad. Los jueces remarcaron que, incluso durante el desarrollo del juicio, continuaron registrándose facturaciones e intimaciones relacionadas con conceptos que la propia empresa ya había admitido como erróneos.**

**En su resolución, el tribunal recordó que las relaciones de consumo se encuentran regidas por principios que obligan a los proveedores a suministrar información clara, precisa y adecuada, además de garantizar un trato digno hacia los usuarios. Bajo ese marco normativo, entendió que Telecom incumplió ambos deberes.**

**Las magistradas señalaron además que la empresa no logró acreditar de manera convincente cómo se habrían autorizado las operaciones atribuidas al cliente ni aportó documentación suficiente para esclarecer el origen de las compras cuestionadas. Esa falta de explicaciones, sumada a la persistencia de los reclamos y a la continuidad de los cargos improcedentes, colocó al consumidor en una situación de incertidumbre y vulnerabilidad incompatible con las exigencias legales de protección al usuario.**

**Por ese motivo, la Cámara ratificó la indemnización por daño moral otorgada en primera instancia. Consideró que el perjuicio sufrido excedió una simple molestia administrativa y generó frustraciones, preocupaciones y trastornos que justificaban una reparación económica.**

**Asimismo, confirmó la aplicación del daño punitivo al entender que la conducta de la empresa evidenció un significativo desinterés por los derechos del consumidor. Para el tribunal, el hecho de intentar atribuir en cinco oportunidades compras inexistentes y obligar al usuario a recorrer un extenso camino administrativo y judicial constituyó una conducta especialmente reprochable que merecía una sanción ejemplificadora.**

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