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title: "La Justicia ordenó suspender la venta de medicamentos fuera de las farmacias"
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date_published: "2025-04-25T14:32:00-03:00"
date_modified: "2025-04-25T11:29:43-03:00"
author_name: "Agencia de Noticias del Interior"
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# La Justicia ordenó suspender la venta de medicamentos fuera de las farmacias

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**La Sala I de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal suspendió 10 artículos del DNU 70/2023 que afectaban la actividad farmacéutica y la venta de medicamentos.**

**El fallo, en respuesta a una medida cautelar presentada por la Confederación Farmacéutica Argentina (COFA) y la Federación Farmacéutica de la República Argentina (FEFARA), deja sin efecto la venta de dos tipos de medicamentos, analgésicos y antiácidos, fuera de las farmacias, algo que el DNU había habilitado.**

**La medida ordena la suspensión de los artículos 313, 314, 315, 316, 317, 319, 320, 321, 323 y 324 del DNU 70/2023 y de sus reglamentaciones y modificatorias posteriores.**

**La decisión fue adoptada por los jueces Clara Do Pico, Liliana Heiland y Rodolfo Facio, quienes consideraron que el DNU afectaba derechos fundamentales vinculados al ejercicio profesional de los farmacéuticos y al acceso seguro de la población a los medicamentos.**

**“La materia involucrada en la actividad farmacéutica trasciende los aspectos económicos o comerciales”, señalaron los jueces en línea con lo expresado en fallos anteriores de la Corte Suprema.**

**Mediante un comunicado, Confederación Farmacéutica Argentina (COFA) expresó que “la sentencia reconoce que la actividad farmacéutica no puede reducirse a una lógica comercial, y reafirma, en línea con el precedente “Farmacity” de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que el expendio de medicamentos es una función sanitaria indelegable que requiere la presencia, control e independencia profesional del farmacéutico".**

**En tanto, la Federación Farmacéutica de la República Argentina (FEFARA) consideró que, a partir del fallo, “vuelve al ámbito de la farmacia la responsabilidad de la compra, la conservación, la dispensa y el consejo farmacéutico en el mostrador”.**

**Qué medicamentos quedan afectados**

**Uno de los puntos del fallo es la suspensión del artículo que habilitaba la venta de analgésicos y antiácidos —considerados de venta libre— fuera del ámbito exclusivo de las farmacias.**

**Según lo dispuesto por el DNU y su decreto reglamentario 63/2024, estos productos podían ser comercializados en supermercados, kioscos y otros establecimientos.**

**La medida también afecta a droguerías que, bajo el DNU, habían sido autorizadas a vender directamente al público, una posibilidad que queda momentáneamente anulada.**

**Fundamentos jurídicos del fallo**

**“El expendio de medicamentos, por sus especiales características, es una actividad inescindible del ejercicio de la profesión farmacéutica”, consideró el fallo.**

**“Las modificaciones que fueron introducidas por el decreto de necesidad y urgencia relativamente a la reglamentación del expendio de medicamentos, la regulación del ejercicio de la profesión de farmacéutico, las condiciones de funcionamiento de los locales y el poder de policía en materia de salubridad revelan por un lado, un desapego del potencial riesgo sanitario de la habilitación y venta de medicamentos fuera de las farmacias y, por otro lado, una desatención del rol trascendental que desempeña la figura del farmacéutico en el sistema”, argumentaron los magistrados.**

**El fallo considera que existe verosimilitud en el derecho alegado y peligro en la demora, dos requisitos básicos para la concesión de medidas cautelares.**

**La sentencia aclara además que esta suspensión se extenderá “hasta el dictado de la sentencia definitiva”, conforme al artículo 2 de la Ley 26.854.**

**Con información de www.infobae.com**

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