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Un guiño al campo: en qué consiste el proyecto de ley que propone una baja gradual de las retenciones

ECONOMÍA 01/04/2022 Sofía Nunes*
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Las reuniones de la Mesa de Enlace con legisladores nacionales empiezan a dar sus frutos, y es que como muestra de respaldo al campo, los diputados nacionales del bloque Córdoba Federal, presentaron en el Congreso Nacional un proyecto de ley que propone una baja gradual en las retenciones. 

"Desde el año 2002 que las retenciones agropecuarias se impusieron en Argentina supuestamente por única vez, pero las tenemos hasta hoy, a tal punto que nosotros consideramos realmente que son un mal impuesto que penaliza la producción", dijo a iProfesional Carlos Gutiérrez, diputado nacional que responde al gobernador de Córdoba Juan Schiaretti. Incluso, las retenciones al agro es uno de los temas principales en la agenda del mandatario provincial, con lo que la iniciativa también le sirve a Schiaretti para tomar notoriedad nacional. 

El proyecto de ley que ingresó en la Cámara baja pretende disminuir los porcentajes del cargo contra el campo y sus exportaciones, y trasladar progresivamente el gravamen a Ganancias. 

En ese sentido, la reducción de las retenciones serían de "tres puntos porcentuales anuales en las alícuotas de derechos de exportación de las mercaderías en los distintos capítulos de la nomenclatura común del Mercosur, excepto para los productos del complejo sojero (poroto, aceite de soja, harina de soja y biodiesel) cuya reducción anual será de cuatro puntos", esquema que se sostendrá hasta que la reducción de la alícuota sea de cero (0).

A su vez, el texto agrega: "A partir del mes de enero posterior a la entrada en vigencia de la presente ley, los productores agropecuarios accederán a la conversión de una proporción incremental de sus desembolsos en concepto de derechos de exportación en cupones de crédito, los que podrán ser aplicados a la cancelación del impuesto a las ganancias y a otras finalidades".

Proyecto de baja gradual de las retenciones: los argumentos de la presentación

Para argumentar la presentación de la iniciativa, el diputado del bloque Córdoba Federal advirtió que "en muy pocos lugares del mundo" existen retenciones al campo como ocurre en la Argentina, por lo que reiteró que los derechos de exportación "son un pésimo tributo".

"Son un mal impuesto, y no por nada no existen prácticamente en ningún lugar del mundo… Entonces uno se pregunta, ¿cómo hacen otros Estados como Brasil y Colombia?, que tienen producción agropecuaria y no tienen retenciones, ¿cómo hacen para financiar el Estado? evidentemente lo hacen no penalizando la producción como es el caso de las retenciones agropecuarias, sino que lo hacen a través del mecanismo más progresivo y más justo, que es finalmente el del impuesto a las ganancias", disparó. 

Para Gutiérrez, el impuesto actual penaliza la producción, pero además criticó que "no es un impuesto coparticipable", por lo que le parece "injusto" por donde se lo mire.

"Las retenciones penalizan la producción,  y además el Gobierno le impone los mismos derechos de exportación al que le fue bien, como al que le fue mal por razones climáticas o lo que fuere, y eso no es justo". Y agregó: "Además, este no es un impuesto coparticipable, por lo tanto, las cuatro o cinco provincias que son las que ponen el grueso de las retenciones agropecuarias como Córdoba, Santa Fe, San Luis, Santiago del Estero, o La Pampa, terminan siendo perjudicadas, es decir: ponen mucho y reciben poco a cambio".

Por otro lado, el legislador dijo a este medio que basta mirar la relación del Gobierno con el campo para entender el sesgo ideológico que existe entre el Estado y dicho sector productivo. 

"El Gobierno tiene el antecedente de haberse llevado siempre mal con el campo, por esta lógica que sostienen del ‘amigo y el enemigo’, y por no comprender que el campo es hoy el sector más dinámico de la economía, el sujeto capitalista por excelencia, y eso no se puede borrar mediante una niebla ideologista que considera que es un pecado generar más riqueza, aunque ese mismo pecado parece obviarse cuando se trata de repartirlo", reflexionó.

Y añadió:  "Hay que sacarle la pata de encima y permitir que ese sector -por el campo- se desarrolle".

El proyecto en el recinto y mensaje a JxC

Respecto a las posibilidades que existen sobre el tratamiento del proyecto de ley presentado por Córdoba Federal denominado "Eliminación de Retenciones a las Exportaciones y Desarrollo del Federalismo Productivo en Argentina", Carlos Gutiérrez dijo a iProfesional que lo más importante es que ahora el campo "acude al Congreso" y espera que el Poder Legislativo le dé una respuesta a este problema.

"La Mesa de enlace también aprendió, y ahora, a través de su experiencia histórica como lo fue la 125, hoy concurren a uno de los poderes de la República y la democracia pidiendo que haya una ley, y este es el sentido de que se apruebe este proyecto", sentenció.

No obstante, para que el proyecto se convierta en Ley,  dejó un mensaje a la coalición opositora Juntos por el Cambio.

"Las chances de que este proyecto sea Ley hoy están absolutamente abiertas para bien, pero necesitamos de qe Juntos por el Cambio demuestre si realmente está a la altura de la circunstancias y concreta lo que predica, es decir: la baja de retenciones, y que por ende, no priorice situaciones coyunturales o electoralistas. Si es así, estamos muy cerca de poder convertir en Ley este proyecto". 

Sobre el proyecto de Ley

El proyecto es una iniciativa del diputado nacional Carlos Gutiérrez, y lleva las firmas de sus colegas Natalia de la Sota e Ignacio García Aresca, todos del bloque Córdoba Federal y aliados del gobernador Juan Schiaretti. 

Por último, el texto está compuesto por 9 artículos, que en detalle, citan lo siguiente: 

* Artículo 1.- Establécese el Régimen de Eliminación Gradual de Derechos de Exportación a la Producción Argentina.

* Artículo 2.- La presente ley tiene como propósito contribuir al desarrollo del federalismo productivo, disminuir la presión tributaria, brindar certidumbre a las actividades de exportación y establecer incentivos efectivos para la formalización de la economía.

* Artículo 3.- Fijase una reducción gradual de 3 (tres) puntos porcentuales anuales en las alícuotas de Derechos de Exportación de las mercaderías comprendidas en todas las posiciones arancelarias de los distintos capítulos de la NOMENCLATURA COMÚN DEL MERCOSUR (NCM), excepto para los productos del
complejo sojero (poroto, aceite de soja, harina de soja y biodiesel), cuya reducción anual será de 4 (cuatro) puntos porcentuales.

* Artículo 4.- El esquema de reducción anual de derechos de exportación al que refiere el artículo 2, se mantendrá hasta tanto se alcance la alícuota 0 (cero) en el año que corresponda en todas las posiciones arancelarias, con excepción de aquellas que se corresponden con las siguientes mercaderías: hidrocarburos, minerales básicos, metales preciosos, semillas oleaginosas y cereales, para las cuales las alícuotas finales no podrán superar los 3 (tres) puntos porcentuales.

* Artículo 5.- Las mercaderías que se encuentren alcanzadas con alícuotas de derechos de exportación iguales o inferiores al 3% (tres por ciento) al inicio del esquema de reducción, quedarán completamente desgravadas al primer año de entrada en vigencia del nuevo régimen.

* Artículo 6.- La reducción gradual dará inicio en enero del año posterior a la entrada en vigencia de la presente ley para todas las posiciones arancelarias, con excepción de los productos asociados al complejo de la soja (grano y sus derivados), los hidrocarburos, los minerales básicos y los metales preciosos, para las cuales la baja comenzará en enero del segundo año contado a partir de la entrada en vigencia.

* Artículo 7.- A partir del mes de enero posterior a la entrada en vigencia de la presente ley, los productores agropecuarios accederán a la conversión de una proporción incremental de sus desembolsos en concepto de derechos de exportación en cupones de crédito, los que podrán ser aplicados a la cancelación del impuesto a las ganancias y a otras finalidades.

* Artículo 8.- La presente ley comenzará a regir a partir de su publicación en el Boletín Oficial.

* Artículo 9.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.

 

 

* Para www.iprofesional.com

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