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Córdoba: anularon la condena perpetua a una madre por el crimen de su hijo

El Tribunal Superior de Justicia argumentó que en el fallo no se había aplicado perspectiva de género. También remarcó que la acusada sufría violencia.

JUDICIALES 18/03/2021 Ramiro FORTIS
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El primer día de febrero de 2016, Joaquín Santino Malicho, de dos años, llegó al Hospital Infantil de Córdoba capital. Lo llevó su madre, Noemí Susana Malicho, y los medicos confirmaron un traumatismo de cráneo y distintas lesiones que luego le provocaron la muerte.

Según el relato de la mujer, su pareja, Luis Alberto Moyano, se había enojado porque el niño lloraba, se lo llevó y cuando volvió el pequeño estaba desvanecido. Un mes después, el fiscal Cristian Griffi imputó a los dos adultos por homicidio.

Más de un año después, en agosto del 2017, se desarrolló el juicio. Si bien la abogada de Malicho argumentó que sufría violencia de género, un fallo dividido de la Cámara Sexta resolvió las condenas perpetuas: el hombre fue sentenciado como autor de homicidio calificado por el vínculo y la mujer recibió la misma pena por "omisión" (no evitar el crimen). 

Fallo

En los últimas horas, La Voz informó que la Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia anuló parcialmente esa sentencia. Consideró que existen atenuantes "extraordinarios" y cambió la imputación de la madre a "coautora por omisión impropia de homicidio calificado por el vínculo".

Así, el TSJ dio lugar al recurso que presentó la abogada de Malicho y cuestionó que en el fallo del 2017 no se haya tenido en cuenta la perspectiva de género. En ese sentido, la defensa solicitó que se considere el contexto de vulnerabilidad, humillación y violencia que padecía la mujer en el momento de la muerte del niño.

"Este tipo de hechos de victimización de la mujer puede ser así entendido por una diversidad de aristas y requiere que, en todo caso, el juzgador analice si alguna de ellas resulta relevante en la atribución de responsabilidad penal de que se trata", argumenta el nuevo fallo.

La resolución agrega: "En el fallo se han cometido errores en la fundamentación porque se han ponderado las pruebas sin perspectiva de género, lo que ha conducido a negar la existencia de la violencia de género, se han utilizado generalizaciones no aplicables al caso individual y se han soslayado otras generalizaciones propias de los aportes epistemológicos que proporciona aquélla”.

La pena que contempla la nueva imputación de la madre del bebé es de entre 8 y 25 años. El tribunal de origen deberá definirla, teniendo en cuenta que la mujer ya pasó cinco años en prisión. El fiscal Marcelo Altamirano encabezará la acusación. 

Fuente. El Doce

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