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Un juez se declaró incompetente del amparo contra la IVE

La Justicia local remitió la presentación del Portal de Belén al Tribunal Federal de Córdoba capital

RÍO CUARTO 10/02/2021 Ricardo ZIMERMAN Ricardo ZIMERMAN
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La resolución del Juzgado Federal de Río Cuarto aclara que es incompetente de resolver el caso porque la Asociación Civil no posee domicilio en la capital alterna de la provincia, sino en calle Frank 5714, barrio Ituzaingó de la ciudad de Córdoba Capital.

Sin embargo, el juez Carlos Ochoa aclara que la Justicia Federal es la jurisdicción idónea y competente para entender en la presente causa.
 

“Toda demanda deberá interponerse ante juez competente, y siempre que de la exposición de los hechos resultare no ser de la competencia del juez ante quien se deduce, deberá dicho juez inhibirse de oficio”, argumentan en la resolución.

Cabe recordar que el Portal de Belén había presentado la semana pasada un recurso de amparo, a través de su apoderado Rodrigo Agrelo, ante los Tribunales Federales de la Ciudad de Río Cuarto.

La Asociación Civil insiste en la “inconstitucionalidad” de la norma y, puntualmente, solicita que se declaren “nulos e inaplicables los arts. 1, 2, 4, 5, 16 y 21 de la ley 27.610, aprobada en diciembre del 2020.

Fuente: Cadena 3

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