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Edad de imputabilidad: cómo es el proyecto de Juntos por el Cambio para juzgar a los menores que delinquen

Tras el asesinato de un turista armenio en Retiro a manos de un menor de edad, la oposición reavivó el debate sobre una ley que intentó modificar hace poco más de un año pero se trabó en el Congreso.

POLÍTICA 10/12/2020 Agencia de Noticias del Interior

Este martes, un turista armenio fue asesinado de un tiro en la cabeza en pleno corazón del barrio porteño de Retiro. Según fuentes policiales, el principal acusado de cometer el delito es un menor de 15 años. Tras el trágico acontecimiento, desde Juntos por el Cambio insistieron en la «necesidad» de modificar el Régimen Penal Juvenil, un anhelo del sector desde la presidencia de Mauricio Macri. En aquel entonces, el Poder Ejecutivo presentó en el Congreso un proyecto de ley para bajar la edad de imputabilidad que nunca avanzó. 

Actualmente, el artículo 3 de la Ley 22.803 -creada en 1980- estipula que los menores de 16 a 18 años de edad no pueden ser detenidos o cumplir prisión preventiva sino que deben ser destinados a «establecimientos especializados» para atravesar la prohibición de la libertad. De este modo, los jueces no pueden dictar penas sino que designan a los jóvenes a los conocidos «institutos de menores» donde prevalecen hasta cumplir la mayoría de edad y puedan ser juzgados por la Justicia. 

Ante este marco normativo, el 6 de marzo de 2019 el Gobierno nacional elevó a Diputados una iniciativa de cien artículos con el eje puesto en disminuir la edad de imputabilidad. «Venimos a proponer un sistema de responsabilidad penal juvenil que sustituya una deuda histórica del Estado, de más de 39 años, con los jóvenes en conflicto con la ley penal», señaló el jefe de gabinete del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, Martín Casares, en la presentación ante la Cámara baja.

Nueva edad de imputabilidad

El escrito, que aún se mantiene en comisiones sin registrar movimiento alguno, propone que los menores sean responsables penalmente a partir de los 15 años cuando cometan algún delito cuya pena máxima sea mayor a quince años. Entre estos delitos se encuentran el robo con arma de fuego, lesiones gravísimas, secuestro extorsivo, violación y homicidio, acto por el cual se acusa al joven detenido en Retiro este martes.  A su vez, el artículo 2 dispone que también son condenables los menores de 16 y 17 años que hayan cometido algún delito que supere los dos años de pena según el Código Penal.

En los considerandos, el documento precisa que el proyecto de ley «no implica una baja de edad», sino la creación de un Sistema de Responsabilidad Penal Juvenil homogéneo a nivel federal que responsabiliza a los adolescentes «únicamente por los delitos más graves taxativamente enumerados». De esta manera, el Estado se hace cargo de «restablecer la paz social así como de atender los casos extremos que denotan que aquél adolescente llegó a perpetrar tales delitos con motivo de una situación extrema de vulnerabilidad que también requiere de atención». 

«El proyecto, que tuvo en especial consideración diversos anteproyectos efectuados oportunamente por diferentes legisladores, destaca la importancia de que el niño, niña o adolescente pueda tener una función constructiva en la sociedad, por lo que propicia que aquél repare el daño causado, realice actividades comunitarias o se capacite profesionalmente y sólo frente a la comisión de delitos graves se aplique la pena privativa de la libertad como último recurso. Para ello estipula como primera respuesta al delito, sanciones socioeducativas y disciplinarias, dejando las sanciones privativas de libertad como última ratio del sistema», expresa el documento que presentó el gobierno de Mauricio Macri. 

Organismos de control

Para el correcto abordaje de la problemática, el Ejecutivo impulsó la creación de equipos interdisciplinarios que aborden la problemática desde diversas áreas y trascienda el ámbito judicial. Además, señala que el juez será el encargado de realizar un seguimiento personal de cada caso, con visitas regulares y realizando informes periódicos. No obstante, el proyecto dispone la creación de la Oficina Nacional de Información de Niñez y Adolescencia -dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, los cuales ahora actúan independiente uno de otro- para que corrobore que la norma se cumple. 

Edad de imputabilidad en Latinoamérica y Europa

Por otra parte, el Ejecutivo argumentó que la legislación se adecua a las disposiciones decretadas en la Convención sobre los Derechos del Niño (Ley 23.849) y detalla que la norma vigente se promulgó diez años antes de que se publique esta última. Asimismo, precisa que en Latinoamérica varios de los países que dictaron un Sistema de Responsabilidad Penal Juvenil lo fijaron en 14 años (Chile, Colombia y Paraguay), 13 años (Costa Rica) y 12 años (Perú). En tanto que en Europa, Francia lo fijó en 13 años, mientras que en España, Alemania, Austria e Italia es de 14 años. 

 

 

Con información de www.elintransigente.com

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