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El Gobierno volvió a prorrogar la suspensión del trámite de fe de vida presencial para el cobro de jubilaciones y pensiones

Lo hizo a través de la Resolución 389/2020. que fue publicada este sábado en el Boletín Oficial. Desde septiembre, esta gestión ya se puede hacer de forma remota, mediante la plataforma federal del Certificado Digital de Hechos Vitales (CDHV)

ECONOMÍA 02/11/2020 Agencia de Noticias del Interior
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En el marco de la pandemia del coronavirus que continúa afectando a la Argentina, el Gobierno decidió prorrogar nuevamente y hasta fin de año la suspensión del trámite de actualización de Fe de Vida por parte de los jubilados y pensionados del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA). Lo hizo a través de la Resolución 389/2020, que fue publicada este sábado en el Boletín Oficial.

La medida, que lleva la firma de la directora de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS), Fernanda Raverta, tiene como objetivo garantizar “el cobro de las prestaciones puestas al pago durante los meses de noviembre y diciembre de 2020”.

Además, durante este mismo período los beneficiarios “que se encuentran ausentes del país y que perciben sus haberes a través de la figura de Banco Apoderado podrán -en forma excepcional- presentar el certificado de supervivencia semestral” ante la institución monetaria correspondiente.

Si bien este trámite presencial está suspendido provisoriamente a causa del COVID-19, desde septiembre la ANSeS puso a disposición una plataforma denominada Certificado Digital de Hechos Vitales (CDHV) que permite, entre otras cuestiones, que siete millones de jubilados no deban movilizarse más para obtener la Fe de Vida, lo que antes de la cuarentena implicaba cerca de 28 millones de gestiones por año.


Puntualmente, lo que se logra con esta herramienta es contar con documentación mediante la cual se comprueban los hechos vitales de los ciudadanos (nacimientos y defunciones). Esta información es confeccionada por médicos matriculados e inscripta a tal fin con firma digital registrada.

El sistema, que está a cargo del Registro Nacional de las Personas (Renaper), dependiente del Ministerio del Interior, cuenta con una articulación federal con las 24 jurisdicciones del país, junto a los ministerios de Salud provinciales, PAMI, instituciones financieras y otros organismos públicos y privados.

De esta manera, es posible que las diferentes instituciones involucradas en el proceso cuenten con información digital en tiempo real para la realización de políticas sanitarias, de previsión social, de identidad y de inclusión financiera.

“Este convenio permite cuidar en materia de salud a nuestros jubilados y jubiladas, y resolver de manera inteligente el trámite de Fe de Vida. Se trata de facilitar el intercambio de información entre organismos nacionales y provinciales que impactará directamente en nuestra base de datos”, destacó Raverta durante la presentación de estos certificados digitales.

Entre los considerandos de la Resolución de este sábado, la ANSeS señaló que “resulta necesario continuar tomando medidas excepcionales y urgentes a fin de minimizar los riesgos de la salud pública, en concordancia con las medidas dispuestas por el Estado Nacional”.

En este sentido, el organismo resaltó que, teniendo en cuenta “el resultado del relevamiento realizado entre las Entidades Pagadoras, referido a la implementación de procedimientos complementarios no presenciales para el control de fe de vida”, se “evidencia la necesidad de prorrogar la suspensión” de este trámite por parte de los jubilados y pensionados del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) y Pensiones No Contributivas," por los meses de noviembre y diciembre de 2020″.

De esta manera -sostuvo la ANSeS- esas entidades tendrán “tiempo suficiente para lograr una amplia difusión” de los nuevos mecanismos existentes para corroborar de forma remota que los beneficiarios continúan vivos, “a fin de mitigar el riesgo de aglomeraciones en sucursales y centros de pago”.

Por otra parte, se aclaró que esta nueva prórroga “no impide que los procedimientos complementarios no presenciales para el control de fe de vida sean puestos en producción” por parte de los organismos competentes, “sin que sean de uso obligatorio” por parte de los jubilados y pensionados.

 

 

Con información de www.infobae.com

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