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El Congreso aprobó la demorada ley de apoyo a las empresas de la Economía del Conocimiento

La Cámara de Diputados rubricó la nueva norma que busca incentivar al sector y sus exportaciones través de rebajas patronales e impositivas. La oposición se abstuvo

ECONOMÍA 08/10/2020 David CAYÓN
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Finalmente, la Cámara de Diputados aprobó con el voto del oficialismo y bancadas del panperonismo el Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento, iniciativa que promueve a los emprendimientos vinculados a la industria del tecnológica mediante incentivos fiscales. El proyecto, que volvió del Senado, recibió 133 votos positivos, 5 negativos y 88 abstenciones.

La iniciativa promueve fuertes incentivos a las empresas que inviertan en mejoras de servicios y productos tecnológicos, en capacitación de sus empleados e investigación y desarrollo y si aumentan las exportaciones.

Así, se beneficia a la industria del software, producción audiovisual, biotecnología, bioinformática, ingeniería genética, nanociencia, industria aeroespacial y satelital, y la ingeniería nuclear.

Entre los cambios más relevantes que trajo de la Cámara Alta se estableció que el bono fiscal que se entrega para cancelar deudas sea intransferible. También se dispuso una segmentación entre las empresas y se detallaron cuáles son los servicios profesionales alcanzados y que tendrán beneficios para exportar.

Este último punto había desaparecido en el despacho de Comisión pero, entre que se obtuvo el voto positivo de los senadores que participan de Presupuesto y Hacienda y llegó a ser tratado en el recinto, volvió a aparecer en el texto de la norma que se aprobó hoy en Diputados.

Según datos del Indec, en los seis primeros meses del año se mantuvo la tendencia declinante de las exportaciones en servicios basados en conocimiento, que registraron una caída interanual superior al 6,4 por ciento. El nuevo marco normativo para el sector podría significar un punto de inflexión que reposicione las exportaciones argentinas en el nivel promedio mundial.


En el artículo 2 del proyecto, a los servicios que estaban incluidos en la promoción, le suma las siguientes actividades:

e) Servicios Profesionales únicamente en la medida en que sean de exportación y que estén comprendidos dentro de los siguientes:

i) servicios jurídicos, de contabilidad general, consultoría de gerencia, servicios gerenciales y servicios de relaciones públicas, auditoría, cumplimiento normativo, asesoramiento impositivo y legal;

ii) servicios de traducción e interpretación, gestión de recursos humanos (búsqueda, selección y colocación de personal);

iii) servicios de publicidad, creación y realización de campañas publicitarias (creación de contenido, comunicación institucional, estrategia, diseño gráfico/web, difusión publicitaria);

iv) diseño: diseño de experiencia del usuario, de producto, de interfaz de usuario, diseño web, diseño industrial, diseño textil, indumentaria y calzado, diseño gráfico, diseño editorial, diseño interactivo;

v) servicios arquitectónicos y de ingeniería: asesoramiento sobre arquitectura (elaboración y diseño de proyectos y planos y esquemas de obras, planificación urbana); diseño de maquinaria y plantas industriales; ingeniería, gestión de proyectos y actividades técnicas en proyectos de ingeniería;

vi) otros servicios profesionales de exportación que por el uso intensivo de recursos humanos calificados considere la Autoridad de Aplicación.

El artículo 7, que se refiere a la Estabilidad Fiscal, se modificó en la Comisión y señala que los sujetos alcanzados por el régimen “gozarán de la estabilidad de los beneficios que el mismo establece, respecto de su/s actividad/es promovida/s, a partir de la fecha de su inscripción en el Registro Nacional de Beneficiarios del Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento, y por el término de su vigencia, siempre que cumplan con las verificaciones de las exigencias que dicho régimen prevé (realización de auditorías, controles anuales y revalidación bienal a la que hace referencia el último párrafo del artículo 4°, entre otros compromisos)”.

Uno de los puntos fundamentales de la norma es el artículo 8, que se refiere a las Contribuciones Patronales para las empresas encuadradas. En este caso, los beneficiarios de la presente ley “podrán convertir en un bono de crédito fiscal intransferible hasta el setenta por ciento (70%) de las contribuciones patronales que hayan efectivamente pagado con destino a los sistemas y subsistemas de la Seguridad Social, respecto de los empleados debidamente registrados afectados a la/s actividad/es definidas en el artículo 2°”.

“No se trata de una cuestión discriminatoria sino de administrar recursos escasos, como los fiscales, para que los mismos vayan a los que más los necesitan, y por eso se orientó esa masa de recursos en ese sentido”, explicó el presidente de la comisión de Presupuesto, el kirchnerista Carlos Heller, al inicio del debate.

Por su parte, el presidente de la comisión de Comunicaciones, Pablo Carro, (Frente de Todos) afirmó: “No escuche ninguna Cámara que se quiera ir del país por el contenido de este proyecto. Celebro los cambios hechos por el Senado y le pido a la oposición que reconsidere su posición y acompañe este proyecto”.

El artículo establece que esos bonos “podrán ser utilizados por el término de 24 (veinticuatro) meses desde su emisión para la cancelación de tributos nacionales, en particular el impuesto al valor agregado y otros impuestos nacionales y sus anticipos, en caso de proceder, excluido el impuesto a las ganancias. Este plazo podrá prorrogarse por 12 (doce) meses por causas justificadas según lo establecido por la Autoridad de Aplicación”.

El régimen de Economía del Conocimiento fue aprobado en 2019 bajo la administración de Cambiemos, pero la gestión de Alberto Fernández lo suspendió y anunció que buscaría mejorarla para que su alcance llegue a las pymes. La aprobación de la ley dará mayor certidumbre a un sector competitivo en los mercados internacionales que, en algunos casos, desde enero de este año no recibe los beneficios impositivos que tenía desde hace muchos años.

La diputada del PRO, Silvia Lospennato, hizo referencia a que en el 2019 “votamos por unanimidad una ley que trabajamos con el sector privado porque hablar con el sector privado no es una mala palabra y es lo que hace cualquier país que quiere crecer porque la única vacuna contra la pobreza es crear empleo”.

“En lugar de continuar con esta política lo primero que hicieron fue suspenderla, luego mandar un proyecto que reducía los beneficios y luego el Senado termina de cercenar el proyecto” y lo “hace a espaldas del sector privado porque que está detrás es una mirada antiempresa”, cuestionó la legisladora opositora.

Por su parte, la radical Karina Banfi argumentó la abstención en el voto “para acompañar en solidaridad a nuestros senadores, y a la petición del Senado, en relación a la ilegitimidad que tienen las sesiones cuando no están bajo el reglamento que corresponde”, pero “también, nos abstenemos porque entendemos que la ley es muy mala”.

Fuente: Infobae

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