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Piden jury contra jueza que liberó a un preso que abusó de su hija

La jueza de San Francisco, María Teresa Garay, le dio el beneficio de la prisión domiciliaria a un condenado por abuso sexual contra una menor de edad. Estuvo apenas un año en prisión.

POLÍTICA 01/05/2020 Ana COHEN
carcel San Francisco cordoba

En medio de la fuerte polémica nacional que implica la idea de otorgar libertad condicional a presos para evitar contagios de coronavirus, un caso escandaloso sacude a la provincia de Córdoba.

Altas fuentes del Ministerio Público Fiscal confirmaron que evalúan promover el jury de enjuiciamiento contra la jueza María Teresa Garay, de la ciudad de San Francisco, tras la liberación de un hombre condenado por abuso sexual.

Además, El Doce pudo saber que habría aval en el Tribunal Superior de Justicia para que se proceda a investigar la conducta de Garay y evaluar una posible sanción. De hecho, el MPF ya se había opuesto oficialmente al dictamen de la jueza.

La polémica surgió luego de que la magistrado le conceda, en el marco de la pandemia, el beneficio de la prisión domiciliaria a un hombre de 61 años condenado por abuso sexual cometido contra su hija, cuando esta era menor de edad. El detenido recibió una pena de ocho años de prisión, pero apenas cumplió uno detenido.

Serán los fiscales generales adjuntos de la provincia de Córdoba, José Gómez Demmel y Héctor David, quienes solicitarán el jury contra la jueza de ejecución penal. De hecho, el abogado de la víctima denunció que la decisión de liberar al abusador ni siquiera le fue comunicada a la joven.

Además, Juan Manuel Rivero, el defensor de la menor, explicó que "La víctima está muy preocupada porque no aplicaron ni tobillera ni medidas electrónicas” para controlarlo, según recopiló La Voz de San Justo.

Los fundamentos de la liberación

El abusador había solicitado la prisión domiciliaria debido a diversos problemas de salud: diabetes e insuficiencia cardíaca. Sin embargo, el Ministerio Público Fiscal indicó que la situación actual no impedía su correcto tratamiento ya que, a pesar de ser población de riesgo de COVID-19, no hay circulación viral en la cárcel, ni en la zona.

“No existía mérito para hacer lugar a la prisión domiciliaria del nombrado, al menos en esta instancia y sin perjuicio de un análisis posterior de la medida“, indica también el documento redactado por Silvana Laura Quaglia, fiscal de Instrucción y Familia del Receso Judicial Extraordinario.

Fuente: El Doce

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