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Constitucionalistas opinan que la Corte debería rechazar el pedido de Cristina Kirchner sobre un sesión virtual del Senado

Daniel Sabsay y Félix Lonigro coincidieron en que el pedido no es competencia originaria del máximo tribunal. Sospechan que la solicitud encubre una jugada política.

POLÍTICA 19/04/2020 Heretz Nivel
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Dos constitucionalistas coincidieron en afirmar que la Corte debería rechazar el pedido de Cristina Kirchner de formular una declaración de certeza sobre una sesión virtual del Senado para tratar el proyecto de ley del impuesto a las grandes riquezas. Además, sospechan que la solicitud, que "técnicamente está muy mal formulada", podría encubrir una cuestión política para presentar al máximo tribunal como obstruyendo el tratamiento de esa proyecto.

La Corte Suprema de Justicia habilitó el viernes la feria judicial extraordinaria para analizar el pedido de "declaración de certeza" solicitado por la vicepresidenta..

En el mismo trámite y con la sola firma del presidente del tribunal, Carlos Rosenkrantz -quien está de feria- el máximo tribunal trasladó el pedido al Procuración General de la Nación, Eduardo Casal, para que en un plazo de 48 horas emita un dictamen al respecto.

Sabsay explicó que la decisión de sesionar en forma virtual "en primer lugar, es un tema reservado de las cámaras del congreso que expresamente en la constitución le permite el dictado de su reglamento, que por lo tanto pueden ser modificado exclusivamente por ellos".

Por otro lado, toda acción ante la Corte "tiene que revistar las características de un caso, es decir que quien lo interpone puede demostrar que le causa un perjuicio en un derecho o en su patrimonio. Acá se presenta de manera abstracta y la Corte se cansó de decir que no es un organismo consultivo, sino que resuelve casos", agregó en declaraciones a radio Millenium.

Y el tercer motivo es que la Corte, dijo Sabsay "entiende en casos, ya sea por apelación, es decir la última instancia que decide abrirla, y sino como instancia originaria pero exclusivamente por los casos del Artículo 117 de la Constitución que es cuando se trata de un conflicto entre provincias o un tema que incumbe a embajadores o a ministros plenipotenciarios de potencias extranjeras".

Entonces, por esas razones "la Corte debería rechazar el pedido in limine porque ni siquiera requiere del análisis de los ministros. Desde el punto vista formal y procesal no tiene los requisitos para que esta cuestión sea tratada por la Corte Suprema."

Cada cámara del Congreso, explicó Sabsay "dicta su propios reglamentos, así lo dice la Constitución. Lo que tendría que hacer es modificar el reglamento a partir de una reunión presencial que podrían ser con la distancia social y todas las características sanitarias".

Entonces, si lo que "aduce Cristina es que no se puede modificar reglamento con una sesión porque debería ser virtual y precisamente el reglamento no lo permite, entonces que haga una presencial, que la presencial modifique el reglamento y permita sesiones virtuales, y de esa manera el Congreso comience a funcionar."

Sabsay rechazó las descalificaciones de la directora de Asuntos Jurídicos del Senado y abogado del ex vicepresidente Amado Boudou, Graciana Peñafort contra el presidente de la Corte Carlos Rosenkrantz, al que trató de cachivache.

Cuanto se le preguntó si el pedido de "declaración de certeza" era una cuestion estrictamente jurídica, Sabsay contestó : "esta declaración se la debe hacer por un motivo político. Ya sea para decir: "No puede funcionar el Senado porque la Corte no me deja" o "para tratar de desprestigiar a algunos de los miembros del a Corte".

"Creo que de ninguna manera se lo ha hecho por motivo de ignorancia, acá hay otro motivo. Se ve claramente que no es el tema jurídico acá lo que cuenta", añadió Sabsay

Por su parte, el constitucionalista Félix Lonigro, sostuvo que "el Senado, por sí solo, no tiene personería jurídica para iniciar una acción legal. Lo debería hacer el Congreso como órgano de gobierno. La Corte podría rechazar la acción por falta de legitimación activa".

Coincidió con Sabsay en que "la Corte no tiene competencia originaria en este pedido porque en el proceso no es parte una provincia (aunque en el Senado estén sus representantes) o un embajada extranjera".

Lonigro dijo que "la acción se iniciaría contra "los poderes del Estado" (según el escrito presentado por Peñafort). Pues no tiene sentido. No hay que iniciarla contra nadie. Simplemente se inicia para que la Corte se pronuncie declarando la validez de una sesión virtual o fuera del recinto. En cambio, sí debe intervenir el Ministerio Público Fiscal".

Con información de www.clarin.com

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