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La mayoría de las causas por violación de la cuarentena podrían resolverse con una probation y multas

Los primeros tres casos se resolvieron de esa forma sin condenas a prisión, mientras crece el consenso a favor de esa alternativa en casos que no sean graves.

SALUD - CORONAVIRUS 17/04/2020 Heretz Nivel
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La mayoría de las causas judiciales abiertas en todo el país contra las personas que violaron la cuarentena obligatoria podrían terminar con una probation, una donación y una multa, según los tres primeros casos resueltos y un consenso que crece en los tribunales.

Solo en la justicia federal de la Capital Federal hay abiertas más de 6 mil causas penales contra aquellos que salieron de sus casas sin un permiso para circular o una justificación y los fiscales tienen que decidir qué delitos les imputan.

En los casos graves se los acusará por los delitos 205 y 239 del Código Penal y podrían ser condenados a penas de entre 6 meses y 15 años de prisión. Se trata de causas en que el acusado contagió a otras personas o incluso le causó la muerte o de otros como aquellos que acumulan más de una denuncia como el de surfer de Pinamar, explicó una fuente judicial a Clarín.

Para en los casos en que no hubo ningún perjuicio y no trasmitieron la enfermedad, algunos fiscales se inclinan por negociar una probation (suspensión del juicio a prueba a cambio de un trabajo social), donación y multa. En los tres primeros casos resueltos en las provincias se aplicaron donaciones de entre 30 y 100 mil pesos a entidades de beneficiencia. Mientras que a aquellos que se le secuestraron los vehículos deberán pagar entre 10 mil y 100 mil pesos por el acarreo.

Además, explicó una fuente judicial a Clarín,  si la cantidad de causas penales abiertas en los juzgados de instrucción llegaran a un juicio oral se colapsaría la Justicia federal. Mientras que en las denuncias por violaciones leves directamente se archivaría la causa.

Los fiscales federales de Comodoro Py esperarán que termine la cuarentena y se habiliten plenamente los juzgados antes de tomar estas decisiones de fondo, pero mientras tanto siguen recibiendo un promedio de 2 mil denuncias por semana.

Las primeras semanas de la pandemia estuvo de turno la fiscal Alejandra Mángano y luego la sucedieron sus colegas Guillermo Marijuan, Paloma Ochoa y Gerardo Pollicita, según el sistema de turnos asignado durante la emergencia. Mientras que los juzgados de los doctores Luis Rodríguez y Julián Ercolini, entre otros, están trabajando a full con la recepción de las denuncias. 

En cambio, para causas donde se demuestre que los acusados transmitieron el virus o ocasionaron un perjuicio se los acusará de los delitos más graves. En la Capital, se detuvo a un hombre que resistió un control policial y le escupió sangre a un policía diciéndole que tenía SIDA, en lo que se considera uno de los casos más graves.

En un comunicado difundido al inicio de la cuarentena, el procurador general de la Nación interino, Eduardo Casal, recordó que el artículo 120 de la Constitución Nacional le asigna a los fiscales federales la competencia para estos casos en relación con las infracciones al artículo 205 del Código Penal de la Nación, a partir del DNU 260/2020 de emergencia sanitaria del presidente Alberto Fernández que entró en vigencia el 12 de marzo. Además, especificó los infractores estarían violando, por lo menos, los artículos 205 y 239 del Código Penal.

El artículo 205 reprime con prisión de seis meses a dos años de prisión a quien "violare las medidas adoptadas por las autoridades competentes, para impedir la introducción o propagación de una epidemia". En tanto que el 239 sanciona con prisión de quince días a un año a quienes resistieren o desobedecieren "a un funcionario público en el ejercicio legítimo de sus funciones o a la persona que le prestare asistencia a requerimiento de aquél o en virtud de una obligación legal". Además, el artículo 202 dispone que “será reprimido con reclusión o prisión de tres a quince años, el que propagare una enfermedad peligrosa y contagiosa para las personas” que es el delito que se aplicó en un caso en el Chaco.

Mientras tanto, la Justicia resolvió ayer, por Skype, los tres primeros casos por infracción a la cuarentena con la suspensión del juicio a prueba (probation) y el pago de una multa destinada a hospitales y entidades con fines sociales abocadas a hacer frente a la pandemia de Coronavirus.

En dos de esos procesos tuvo intervención la fiscal federal Josefina Minatta, en Concepción del Uruguay, y en el tercero hizo lo propio su colega Miguel Palazzani, en Neuquén.

El Juzgado Federal de Concepción del Uruguay coincidió con el planteo realizado por Minatta y las defensas, y dictó la suspensión del juicio a prueba de dos personas que incumplieron con el aislamiento social, preventivo y obligatorio.

La medida se instrumentó junto con el dictado de reglas de conducta y la donación de 100 mil y 30 mil pesos, según el caso, al Hospital Urquiza de esa ciudad. Para la fiscal, el ofrecimiento del dinero resultaba "de gran utilidad para la institución médica a fin de hacer frente a la grave pandemia".

En ambas situaciones, la resolución incluyó la prohibición de consumición de “bebidas alcohólicas ni sustancias estupefacientes, no cometer delitos y fijar domicilio”.

La representante del Ministerio Público Fiscal de la Nación fundamentó el pedido de la probation en función de la Resolución PGN 86/04 que instruye a los fiscales a inclinarse por “la denominada tesis amplia” que “en materia de aplicación del instituto de suspensión del proceso a prueba se ha constituido en una respuesta racional frente al grave congestionamiento de expedientes". Si no cometen otro delito durante el período de la prueba quedarán eximidos de penas de prisión.

En ese sentido, también se tuvieron en cuenta las Resoluciones Procurador General de la Nación 6/2011 y 97/2009. De acuerdo a la última de éstas, “lejos de prestar un consentimiento automático, el fiscal deberá tener en cuenta a la hora de expedirse el sentido del instituto como solución alternativa de conflictos y contemplar los intereses de las partes involucradas, a cuyo efecto deberá considerar particularmente las características del caso".

Tras verificar el cumplimiento de los requisitos formales del artículo 76 del Código Penal, las partes pidieron la suspensión del juicio a prueba, a lo que se hizo lugar.

El tercer episodio ocurrió en la noche del sábado 11 de abril: tres personas fueron imputadas luego de haber sido interceptadas en un control vehicular de Gendarmería, en el que no acreditaron estar exceptuadas para circular; una de ellas, incluso, fue descubierta escondida en el baúl del auto. Tras la consulta a la Fiscalía, a cargo de Palazzani -con la asistencia de la fiscal auxiliar Mariana Querejeta-, se le dio trámite de flagrancia con la intervención del juez federal Nº1 de Neuquén, Gustavo Villanueva.

La imputación fue por el artículo 205 del Código Penal. En la audiencia -celebrada por Skype-, la defensa de los tres acusados ofreció la probation, con la que el MPF estuvo de acuerdo. A cambio, se acordó la entrega de 15 mil pesos cada uno: la mitad destinada al Hospital Castro Rendon, y la otra a una pastoral social que trabaja con gente en situación de calle. Además, el vehículo utilizado en el hecho quedó secuestrado.

Con información de www.clarin.com sobre una nota de Daniel Santoro

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