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La AFIP inició una campaña para que más pymes se sumen al plan de moratoria

La medida está dirigida a quienes se encuentran concursados, con deudas en instancia administrativa o judicial.

ECONOMÍA 28/02/2020 Heretz Nivel
AFIP

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) lanzó una campaña para que más Pymes se sumen a la moratoria. De este modo, el organismo a cargo de Mercedes Marcó del Pont busca la adhesión de esas empresas. También rige para individuos que se sumen a los beneficios del régimen de regularización. De este modo, la administración invita a los interesados a sumarse.

Este procedimiento tiene como objetivo incentivar a los contribuyentes a adherirse a la moratoria. En la última semana 38.895 micro, pequeñas y medianas empresas obtuvieron el Certificado MiPyME. Este es un requisito necesario para acceder a la moratoria anunciada por el Gobierno. Esta medida fue propuesta por el Ministerio de Desarrollo Productivo y la AFIP.

En este contexto, la AFIP envió notificaciones para invitar a la adhesión al plan. Las comunicaciones buscan sumar contribuyentes a la moratoria. Las mismas están dirigidas a quienes se encuentran concursados, con deudas en instancia administrativa o judicial. También incluye a quienes experimentan una ejecución fiscal. Una determinación de oficio o poseen una fiscalización en curso.

De este modo, según el sitio web oficial del organismo, podrán acceder las pymes, monotributistas y autónomos. Además alcanza a las entidades sin fines de lucro que estén inscriptas en la AFIP. Se pueden incluir deudas impositivas, aduaneras y de la seguridad social. Correspondientes a obligaciones vencidas al día 30 de noviembre de 2019. También sus intereses, multas y demás sanciones no condonadas. Además pueden refinanciarse planes vigentes al 23/12/2019.

Las opciones de pago para acceder a los beneficios son al contado o en cuotas. En este caso la adhesión deberá efectuarse al través del servicio con clave fiscal “Mis Facilidades”. Mediante compensación, utilizando saldos a favor. En este caso, se deberá utilizar el servicio con clave fiscal “Sistema de Cuentas Tributarias”. Esta opción no podrá utilizarse para deuda de Monotributo y Autónomos.

Con información de www.elintransigente.com

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