
El Gobierno decretó que el Ministerio de Obras Públicas tendrá funciones que pertenecían a Interior desde 2016


El Gobierno estableció una nueva normativa mediante la cual delega en el Ministerio de Obras Públicas, a cargo del ministro Gabriel Katopodis, ciertas facultades y obligaciones que estaban bajo la órbita del Ministerio del Interior desde 2016. Así, el decreto 114/2020 publicado en el Boletín Oficial, fue aprobado por el presidente Alberto Fernández, el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero y el titular de esta cartera de Estado.
“Deléganse en el Ministerio de Obras Públicas, de acuerdo con lo previsto en el artículo 2° de la Ley de Obras Públicas N° 13.064, las facultades y obligaciones determinadas por dicha ley para la contratación y ejecución de construcciones, trabajos o servicios que revistan el carácter de obra pública y para la adquisición de materiales, maquinarias, mobiliarios y elementos destinados a ellas, en el ámbito de su jurisdicción”, manifiesta el texto oficial.
Así, con esta nueva decisión, dejaron sin efecto el decreto 283 del 1° de febrero de 2016, por el que estas funciones estaban a cargo del ex Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda. En este sentido, desde el Gobierno aclaran que la Ley 13.064 dispone que las facultades y obligaciones que ella establece podrán ser delegadas por el Poder Ejecutivo Nacional en autoridad, organismo o funcionario legalmente autorizado.
En este contexto, el decreto creado el 10 de diciembre de 2019, día en que asumió el actual Gobierno, modificó la Ley de Ministerios y creó, entre otras carteras, la de Obras Públicas, que quedó en manos del exintendente del partido de General San Martín, Gabriel Katopodis. Así, según explica la medida, la determinación oficializada hoy se tomó “con el fin de dotar a dicho Ministerio de los instrumentos necesarios para el mejor logro de sus objetivos”.
En tanto, resaltaron que la Jefatura de Gabinete deberá ahora “dictar todos los actos administrativos y ordenar las diligencias que estime menester, a efectos de adecuar la ejecución de las obras públicas autorizadas por normas particulares o en curso de ejecución al nuevo esquema de distribución de competencias establecido como consecuencia del dictado del Decreto N° 7 del 10 de diciembre de 2019”.
Con información de www.elintransigente.com



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