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Ordenan recalcular cuotas de planes de ahorro

Un juzgado dictó una medida cautelar que exige a las empresas retrotraer los valores a mayo del 2018, más un incremento del 45%. La resolución contempla a todos los ahorristas de la provincia.

FALLOS JUDICIALES 20/11/2019 Agencia de Noticias del Interior Agencia de Noticias del Interior
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Un juzgado de la Ciudad de Córdoba dispuso que la cuota mensual de los autoplanes de las marcas Peugeot y Citroën se retrotraiga al valor de mayo del 2018, más un incremento equivalente al 45%.

La medida cautelar alcanza a las empresas “Círculo de Inversores S.A. de Ahorro para fines Determinados”, “Aupesa Peugeot Citroën S.A.” y/o “Peugeot Citroën Argentina S.A.".

Si bien se trató de una acción individual, el tribunal extendió el beneficio a todos los ahorristas de la provincia de Córdoba con la finalidad de permitir la solución de aquellos conflictos que tengan idéntica base fáctica.

Según informó la Justicia, el recálculo deberá regir desde la próxima cuota a liquidar para todas las personas que hayan suscripto un contrato de autoplan con las empresas mencionadas, siempre que residan dentro de la provincia de Córdoba. 

Lo que estamos persiguiendo en la acción individual es la anulación de la cláusula de ajuste, porque consideramos que es violatoria de lo dispuesto por el artículo 36 de la Ley de Defensa al Consumidor,

Sólo quedarán exceptuadas de la medida cautelar quienes manifiesten expresamente su voluntad de excluirse de la clase definida por el juzgado.

En este sentido, los ahorristas que formen parte del colectivo afectado no deben hacer ningún trámite ante el tribunal para obtener la protección judicial de sus intereses.

El Juzgado en lo Civil y Comercial de 27° Nominación argumenta que la decisión se funda en la verosimilitud del derecho invocada en la causa, puesto que “es prácticamente un hecho notorio el aumento de las cuotas de los planes de autos a valores superiores al ritmo de la inflación”. 

En relación al peligro en la demora, puntualiza que “si la medida cautelar no se dicta, se corre el riesgo de que las personas dejen de pagar, y les pueda ser iniciada una ejecución prendaria en el marco del legítimo ejercicio de un derecho en cabeza de la demandada”.

Juan Luis Furlotti, quien presentó la demanda, explicó a Cadena 3: “Por el momento, el decreto que dispone la medida cautelar no ha sido notificado a las partes, para que sea ejecutable debe notificarse al círculo de inversores, para que se abstenga de cobrar los excesos y las cuotas vengan de la manera fijada por el tribunal”.

“Lo que estamos persiguiendo en la acción individual es la anulación de la cláusula de ajuste, porque consideramos que es violatoria de lo dispuesto por el artículo 36 de la Ley de Defensa al Consumidor, por lo cual queremos ser prudentes respecto a los alcances de esta medida”, advirtió.

Asimismo, indicó: “A los que tengan un plan los instamos a que estén atentos a cómo vaya desarrollándose esta acción para ver cuáles son las medidas a tomar”.

Fuente: Cadena 3

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