
Incentivos a la inversión pyme: se pone en marcha el régimen fiscal de estímulo productivo
ECONOMÍA Marian SANZOTTI

El Poder Ejecutivo oficializó la implementación del Régimen de Incentivo a las Medianas Inversiones (RIMI), un instrumento aprobado por el Congreso en el marco de la Ley de Modernización Laboral. La iniciativa se destaca como una de las principales herramientas impulsadas por la actual gestión para estimular el desarrollo de las pequeñas y medianas empresas, abriendo un esquema de facilidades tributarias para proyectos que respondan a parámetros específicos de escala e inversión productiva.
Para hacer operativo el sistema, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) habilitó la plataforma digital denominada Sistema de Gestión de Inversiones (SGI). A través de este entorno virtual, los contribuyentes deberán declarar sus proyectos, registrar los comprobantes de compra y categorizar las adquisiciones —que abarcan desde bienes de capital e informática hasta infraestructura de riego o malla antigranizo—. La normativa fija escalas mínimas de inversión que van desde los 150.000 dólares para las minipymes hasta los 9 millones de dólares para las medianas empresas de mayor tamaño, abarcando únicamente aquellas iniciativas iniciadas con posterioridad al 6 de marzo de 2026 y con un límite de avance del 30% en el caso de obras previas.
El régimen otorga dos importantes beneficios fiscales para incentivar la capitalización: la amortización acelerada en el Impuesto a las Ganancias y la devolución del IVA en créditos fiscales acumulados. En cuanto a Ganancias, las empresas podrán computar un esquema de amortización más ágil siempre que exista estricta coincidencia entre los datos ingresados al SGI y las declaraciones juradas del impuesto.
Respecto al Impuesto al Valor Agregado, el mecanismo permite recuperar el saldo a favor generado por inversiones en bienes muebles y obras tras tres meses de cómputo, mejorando significativamente la liquidez financiera de las firmas en comparación con regímenes anteriores. Las solicitudes de asignación de cupo fiscal —sujetas al límite presupuestario anual— se realizarán de manera trimestral en los meses de febrero, mayo, agosto y noviembre. Para acceder a estos alivios tributarios, los especialistas recomiendan a las empresas mantener al día su situación registral, verificar el domicilio fiscal electrónico y consolidar la documentación respaldatoria de todos los desembolsos efectuados dentro de la ventana de tiempo legalmente establecida.



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